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TSJ

AS/0233/2014

Tribunal Supremo de Justicia
23 de julio de 2014Social 2da LiquidadoraMag. Silvana Rojas Panoso
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA

Auto Supremo Nº :233/2014

Fecha : Sucre, 23 de Julio de 2014

Distrito : Cochabamba

Expediente Nº : 701/2009

Partes : Jael Anelise Ríos Avellaneda c/ Estación de Servicio San Mateo S.R.L. representada por Henry Torríco Daza.

Proceso : Beneficios Sociales

Recurso : Casación

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VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo interpuestos por Henry Torrico Daza de fs. 90-92 vta., en representación de la Empresa Estación de Servicio “San Mateo S.R.L.” de fs. 90 a 92 y vta., en contra del Auto de Vista Nº 276/2009 de 24 de septiembre de 2009 de fs. 82 a 83, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro de la demanda laboral por Pago de Beneficios Sociales seguido por Jael Anelise Ríos Avellaneda contra el recurrente; la respuesta de fs. 95 a 97, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, la Juez 3ro. de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, dicta la Sentencia de 18 de febrero de 2008, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 1 a 2 en lo que respecta a los conceptos de desahucio, indemnización por tiempo de servicio, duodécima de aguinaldo de la gestión 2007, vacación de la gestión 2006 (15 días) y salario devengado de un mes y dos días del año 2007 e IMPROBADA en lo que respecta al trabajo realizado en días domingos y al salario devengado por cinco días de remplazo. En consecuencia se ordena que la empresa Estación de Servicio “SAN MATEO S.R.L.”, representado por Henry Torrico Daza, cancele dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia la suma de Bs. 3.865 (Tres mil ochocientos sesenta y cinco 00/100 bolivianos) a favor de la actora Jael Anelise Ríos Avellneda, bajo conminatoria de ley, que corresponde al monto total de liquidación que sigue a continuación, más actualización y multa del 30% previsto por el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

BENEFICIOS SOCIALES

Nombre: Jael Anelise Ríos Avellaneda

Fecha de Ingreso: 19 de abril de 2005

Fecha de Despido: 2 de febrero de 2007

Tiempo de Trabajo: 1 año, 9 meses y 13 días

Salario Promedio Indemnizable: Bs. 600

LIQUIDACIÓN

DESAHUCIO: Bs. 1.800.-

INDEMNIZACIÓN POR TIEMPOD E SERVICO:

(1 año, 9 meses y 13 días) Bs. 1.072.-

VACACIÓN:

(Gestión 2006 – 15 días) Bs. 300.-

DUODECIMAS DE AGUINALDO:

(Gestión 2007 (1mes y 2 días) Bs. 53.-

SALARIO DEVENGADO

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Datos del proceso

Demandante
Jael Anelise Ríos Avellaneda
Demandado
Estación de Servicio San Mateo S.R.L. representada por Henry Torríco Daza.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Silvana Rojas Panoso
Tribunal Supremo de Justicia23 de julio de 2014AS/0233/2014Fuente oficial