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TSJ

AS/0233/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
11 de abril de 2022Civil
Proceso
Mejor derecho de propiedad, reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 233/2022-RA

Fecha: 11 de abril de 2022

Expediente: LP-31-22-S

Partes: John Pérez Camacho c/ Policarpio y Luis ambos Pérez Pinedo.

Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación y resarcimiento de daños y

perjuicios.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 414 a 417 vta., interpuesto por Jhon Pérez Camacho contra el Auto de Vista N° S-369/2020 de 25 de septiembre, cursante a fs. 412 y vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de mejor derecho de propiedad, reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por el recurrente contra Policarpio y Luis ambos Pérez Pinedo, el Auto de concesión de 10 de febrero de 2022 cursante a fs. 422, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Po memorial cursante de fs. 16 a 18 vta., John Pérez Camacho inició proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios, contra Policarpio y Luis ambos Pérez Pinedo, ante la inexistencia del domicilio del demandado Luis Pérez Pinedo se notificó por edictos y se designó defensor de oficio a fs. 79 y vta., a Basilia Meneses Tito quien contesto en forma negativa a la demanda a fs. 174, en cuanto a la incomparecencia de Policarpio Pérez Pinedo se lo declaró rebelde a fs. 24; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 353/2017 de 10 de octubre cursante de fs. 372 a 375, en la que el Juez Público Civil y Comercial 26° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda principal e IMPROBADA respecto al resarcimiento de daños y perjuicios.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Policarpio Pérez Pinedo mediante memorial cursante de fs. 388 a 392, originó que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° S-369/2020 de 25 de septiembre, cursante a fs. 412 y vta., ANULANDO obrados hasta el auto de concesión.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jhon Pérez Camacho, según escrito cursante de fs. 414 a 417 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
John Pérez Camacho
Demandado
Policarpio y Luis ambos Pérez Pinedo
Proceso
Mejor derecho de propiedad, reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia11 de abril de 2022AS/0233/2022-RAFuente oficial