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TSJ

AS/0234/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
19 de marzo de 2024Civil
Proceso
Acción reivindicatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 234/2024-RA

Fecha: 19 de marzo de 2024

Expediente: SC-30-24-S.

Partes: Ángel Solíz Vargas c/ Alex Williams León Rea.

Proceso: Acción reivindicatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 299 a 303 vta., interpuesto por Alex Williams León Rea impugnando el Auto de Vista N° 488/2023, de 15 de noviembre, cursante de fs. 285 a 289 vta., emitido por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de acción reivindicatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble, seguido por Ángel Solíz Vargas contra el recurrente; la contestación de fs. 307 a 310; el Auto de concesión de 19 de febrero de 2024, cursante a fs. 311, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Ángel Solíz Vargas mediante escrito de fs. 23 a 26, ratificado por memorial visible a fs. 45, interpuso demanda ordinaria de acción reivindicatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble, contra Alex Williams León Rea, una vez citado, no contestó a la demanda y se lo declaró rebelde; desarrollándose el proceso de esta manera hasta la emisión de la Sentencia Nº 03/2023, de 20 de abril, obrante de fs. 196 a 199 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 12° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia apelada por Alex Williams León Rea mediante memorial cursante de fs. 210 a 213, que dio lugar a que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 488/2023, de 15 de noviembre, cursante de fs. 285 a 289 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia N° 03/2023, de 20 de abril.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Alex Williams León Rea, según memorial de fs. 299 a 303 vta., impugnación que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 del mismo cuerpo legal.

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Datos del proceso

Demandante
Ángel Solíz Vargas
Demandado
Alex Williams León Rea
Proceso
Acción reivindicatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble
Tribunal Supremo de Justicia19 de marzo de 2024AS/0234/2024-RAFuente oficial