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TSJ

AS/0235/2011

Tribunal Supremo de Justicia
9 de agosto de 2011Social 1eraMag. Julio Ortiz Linares
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2011

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº A-252/2010

AUTO SUPREMO Nº 235 Reclamación Sucre, 08 de agosto de 2011.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Erlan Luque Sánchez c/ SENASIR

VISTOS: El recurso en parte de casación en el fondo de fs. 289-291, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR, representado legalmente por Jeannette J. Castro Escobar contra el Auto de Vista Nº 093/10 de fecha 23/04/2010 de fs. 286-287, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social sobre Recálculo de Renta Única de Vejez, seguido por Erlán Luque Sánchez contra el SENASIR, la respuesta de fs. 301-302, el auto de concesión de fs. 305, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I. Que, luego de haber solicitado Erlan Luque Sánchez reliquidación de renta de vejez el 10 de mayo de 2006 a fs. 111, la Comisión de Calificación de Rentas del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), emitió las Resoluciones Nos. 0002490 de 27 de marzo de 2007 y 0003200 de 16 de abril de 2007, por las que resolvió otorgar a favor del solicitante recálculo de renta única de vejez, equivalente al 100% de su promedio salarial en el monto de Bs. 5.592,28, correspondiendo a la básica el 60% Bs. 3.021.70 y a la complementaria el 40% Bs. 2.014.46 a ser pagada a partir de junio de 2006, según fs. 192-194 y 203.

Esta determinación fue impugnada por el solicitante mediante recurso de reclamación presentado el 6 de junio de 2007, según fs. 214, recurso que fue resuelto por Resolución Nº 1246/07 de 17 de septiembre de 2007 de fs. 223-224, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, que confirmó la resolución impugnada por encontrarse conforme a los datos del expediente y normas vigentes que regulan la materia.

Contra esta resolución el asegurado formuló el recurso de apelación de fs. 236, que fue resuelto por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 93/10 de 23 de abril de 2010 de fs. 286-287 que revocó parcialmente las Resoluciones Nº 0003200 de 16 de abril de 2007, dictada por la Comisión de Calificación de Rentas y Nº 1246/07 de 17 de septiembre de 2007, emitida por la Comisión de Reclamación, y deliberando en el fondo con los fundamentos legales expuestos, ordenó a la Comisión Calificadora de Rentas del SENASIR, realizar un nuevo recálculo de la renta única de vejez a favor de Erlan Luque Sánchez, en base a un Salario promedio mensual de los 12 últimos meses a partir del mes de octubre de 1998. Sin Costas de acuerdo a la disposición del art. 39 de la Ley 1178.

Este fallo, motivó el recurso de casación interpuesto por la entidad demandada de fs. 289-291 en el que la recurrente en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto, realiza una relación de los antecedentes del trámite, para luego señalar que el tribunal de alzada al disponer que el recálculo se efectúe a partir de octubre de 1998, no ha interpretado correctamente el art. 471 del Reglamento del Código de Seguridad Social.

Concluye solicitando que este tribunal pronuncie auto supremo casando en parte el Auto de Vista Nº 093 de 23 de abril de 2010, sea con las formalidades de ley.

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Datos del proceso

Demandante
Erlan Luque Sánchez
Demandado
SENASIR
Magistrado relator
Julio Ortiz Linares
Tribunal Supremo de Justicia9 de agosto de 2011AS/0235/2011Fuente oficial