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TSJ

AS/0236/2014

Tribunal Supremo de Justicia
24 de noviembre de 2014Social LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Sala
Social Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

AUTO SUPREMO Nº 236/2014

Sucre, 24 de noviembre de 2014

EXPEDIENTE:        S.185/2010

DISTRITO:                 Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación de fojas 39 y vuelta, interpuesto por Marlon Fernando Heller, del Auto de Vista Nº 474/2009 de 27 de agosto de 2009 (fojas 36 y vuelta), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Roberto Chavarría Velásquez, contra el recurrente, el memorial de contestación de fojas 41 a 42, el Auto de concesión del recurso de fojas 43, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia de 29 de noviembre de 2007 (fojas 20 a 21 y vuelta), declarando PROBADA la demanda de fojas 3 a 4, sin costas, por haberse demostrado la relación laboral del actor desde el 11 de febrero de 2005 al 9 de febrero 2006, en el cargo de tractorista y chafreador, con multa por falta de pago oportuno conforme los artículos 1 y 2 de la Ley de 18 de diciembre de 1944, ordenando que Marlon Fernando Heller, pague en tercero día pague a favor de su ex- trabajador el monto equivalente a sus derechos y beneficios sociales conforme sigue:

ROBERTO CHAVARRIA VELASQUEZ

Fecha de ingreso: 11 de febrero de 2005 hasta 9 de febrero de 2006

Tiempo de trabajo: 11 meses y 28 días

Salario Promedio indemnizable: Bs. 900,00

Desahucio: 900 x 3 meses                                        Bs. 2.700,00

Indemnización: 11 meses y 28 días                        Bs.    895,00

Aguinaldo: 10 meses y 19 días                                Bs. 1.595,00

con multa por 1 mes y 9 días                 Bs.      97,50

Sueldo: 5 meses y medio                                        Bs.  4.950,00

TOTAL                                                        Bs. 10.237,50

En caso contrario con la actualización y reajustes dispuestos por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992, por haberse producido la ruptura antes de la vigencia del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.

En grado de apelación, formulado por el demandado Marlon Fernando Heller (fojas 28), contestada por memorial de fojas 30 y vuelta, mediante Auto de Vista Nº 474/09 de 27 de agosto de 2009, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, CONFIRMÓ la Sentencia apelada de 29 de noviembre de 2007. Con costas.

Que, del referido Auto de Vista, el demandado Marlon Fernando Heller, interpuso recurso de casación a fojas 39 y vuelta, en el que manifiesta los siguientes agravios:

PRIMERO.- Manifiesta que el actor fue contratado sólo por una campaña agrícola.

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Datos del proceso

Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia24 de noviembre de 2014AS/0236/2014Fuente oficial