Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 237/2007 FECHA: 12 de septiembre de 2007
EXP. N°: 128/2004
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: María del Carmen Llanos Calvimontes contra la Caja Nacional de
Salud CORDES
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo seguido por María del Carmen Llanos Calvimontes impugnando la resolución del Recurso Jerárquico pronunciada el 5 de mayo de 2004 por el Director Ejecutivo de la Caja CORDES, el Informe de la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con admitida la demanda el 23 de septiembre de 2004, se notificó a la demandante el 28 del mismo mes y año, sin que desde esa fecha se hubiera apersonado ante este Tribunal Supremo a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía, por tener que proveer recaudos para la citación de la autoridad demandada.
Que en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN de la instancia.
No interviene la Ministra Rosario Canedo Justiniano por encontrarse con licencia.
Regístrese.
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