Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0237/2014

Tribunal Supremo de Justicia
22 de mayo de 2014Civil IMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Acción declarativa de ineficacia jurídica de resolución
Sala
Civil I
Año
2014

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 237/2014

Sucre: 22 de mayo 2014

Expediente : T - 16 - 13 - A

Partes : Empresa comercial importadora boliviana del sur (IMBOLSUR) c/

Gobierno Autónomo Departamental de Tarija y SEDECA.

Proceso : Acción declarativa de ineficacia jurídica de resolución

Contractual unilateral y de ejecución de póliza de garantía,

más resolución de contrato administrativo en aplicación de la

teoría de la imprevisión, por razón de excesiva onerosidad.

Distrito : Tarija.

VISTOS.- El recurso de casación en la forma de fs. 801 a 809, interpuesto por Félix Edgar Cardozo Sainz en representación legal de IMBOLSUR, contra el Auto de Vista Nº 38/2013 de 19 de abril de 2013, emitido por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso de acción declarativa de ineficacia jurídica de Resolución contractual unilateral y de ejecución de póliza de garantía, mas Resolución de contrato administrativo en aplicación de la teoría de la imprevisión, por razón de excesiva onerosidad, seguido por IMBOLSUR contra el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija y SEDECA, el Auto de concesión del recurso, de fecha 20 de junio de 2013, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, el Juez de Partido Sexto en lo Civil de Tarija, pronunció el Auto definitivo Nº 177/2012 de 31 de octubre de 2012 cursante de fs. 732 a 733 y vta., por el que se declara incompetente para sustanciar la presenta causa, procediendo a anular el proceso el Auto de admisión de la demanda de fs. 268 vta., a 269, disponiendo que el actor acuda a la instancia de impugnación reconocida en el procedimiento administrativo.

Apelada la Resolución definitiva por el representante legal de IMBOLSUR, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia Tarija, mediante Auto de Vista Nº 38/2013 de 19 de abril de 2013, cursante de fs. 788 a 794, confirma totalmente el Auto definitivo.

Resolución de Alzada que es impugnada por Félix Edgar Cardozo Sainz representante legal de IMBOLSUR, a través del recurso de casación en la forma de fs. 801 a 809, y que es motivo de Autos.

CONSIDERANDO II DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

De la extensa exposición de hechos alegados como agravios por el recurrente, se puede extraer lo siguiente:

1.- Acusa que la Resolución de Alzada a tiempo de confirmar la Resolución apelada por la que se dispuso anular obrados, en la parte dispositiva hizo referencia al Auto de fs. 470-471 vta., 732-733 vta., es decir conformó dos Autos dictados por la Juez A quo, cuando solo uno de ellos fue recurrido y el otro es inexistente, motivo por el cual la Resolución de segunda instancia resultaría ser ultrapetita.

Mostrando 21 de 42 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Empresa comercial importadora boliviana del sur (IMBOLSUR)
Proceso
Acción declarativa de ineficacia jurídica de resolución
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia22 de mayo de 2014AS/0237/2014Fuente oficial