Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0237/2015

Tribunal Supremo de Justicia
29 de julio de 2015Social 2daMag. Fidel Marcos Tordoya
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2015

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 237/2015.

Sucre, 29 de julio de 2015.

Expediente: SC-CA.SAII-LP.50/2015.

Distrito: La Paz.

Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 420, interpuesto por José Hernán Paredes Sánchez y Silvia Angélica Choque Chávez, representantes de la Empresa Pub “Doña Chela”, contra el Auto de Vista Nº 82/2014-SSA-I de 21 de abril de 2014, (fs. 416 a 417), dictado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Alejandro Cuba, contra el Pub “Doña Chela”, el auto que de fs. 423 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y;

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 416/2012 de 19 de diciembre de 2012 (fs. 380 a 387), declarando probada en parte la demanda de fs. 13 a 15, disponiendo que la parte demandada, cancele a favor del actor la suma de Bs.45.227,35.-, por concepto de indemnización, desahucio, vacaciones, aguinaldo, descuentos ilegales, feriados trabajados, horas extras, más la multa del 30%, disponiendo mediante Autos de 24 de diciembre de 2012 y de 28 de enero de 2013 cursantes a fs. 390 y 397, no ha lugar a la explicación y complementación solicitada por los demandados y el actor.

En grado de apelación formulada por ambas partes (fs. 392 a 393 y 395) respectivamente, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 82/2014-SSA-I de 21 de abril de 2014 (fs. 416 a 417), confirmó en parte la Sentencia Nº 416/2012 de 19 de diciembre cursante a fs. 380 a 387, con la exclusión únicamente del desahucio, manteniendo en lo demás firme y subsistente, disponiendo que la parte demandada cancele a favor del actor la suma de Bs.42.206,21.

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por José Hernán Paredes Sánchez y Silvia Angélica Choque Chávez, en representación legal de la Empresa Pub “Doña Chela”, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 420 de obrados.

Mostrando 11 de 22 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

“…no cursa en el expediente la excusa escrita y motivada, con anterioridad o después del sorteo de la causa, desconociéndose por tanto la causal invocada por el Vocal Fredy Paz Valdivia, es decir, en cuál de los numerales del art. 347 del Código Procesal Civil fundó su excusa, como tampoco se advierte el trámite que realizó la Vocal Presidenta de la Sala Social y Administrativa Primera y si la misma fue declarada legal o ilegal, conforme establecen los arts. 348, 349 y 350 del Código Procesal Civil, (…) debiendo inexcusablemente quedar constancia de sus actuaciones y decisiones en el expediente, (…) extremo que importa la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo.…”

Datos del proceso

Magistrado relator
Fidel Marcos Tordoya

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / Procede
Tribunal Supremo de Justicia29 de julio de 2015AS/0237/2015Fuente oficial