Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 237
Sucre, 6 de junio de 2018
Expediente : 088/2018
Demandante : James Jaime Ávila Antezana
Demandado : Ministerio de Medio Ambiente y Agua
Materia : Contencioso Adminsitrativo
Distrito : La Paz
Magistrado Tramitador : Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: La demanda Contenciosa administrativa cursante de fs. 99 a 110, aclarada por escrito de fs. 115, interpuesta por James Jaime Ávila Antezana, contra el Ministro de Medio Ambiente y Agua, impugnando la Resolución Ministerial Nº 001 de 02 de enero de 2018; todo lo que ver convino y se tuvo presente, y:
I. ANTECEDENTES PROCESALES:
Independientemente a que se considera que el actor no subsanó la observación realizada mediante Decreto de 04 de abril de 2018, cursante a fs. 113 de obrados, porque, no adjunto una constancia cierta de notificación con la Resolución Ministerial Nº 001 de 02 de enero de 2018, efectuando una minuciosa revisión de la demanda de fs. 99 a 119 de obrados, se advierte que el demandante impugna la indicada Resolución Ministerial Nº 001 de 2 de enero de 2018 emitida por el Ministro de Medio Ambiente y Agua, dentro del Sumario Administrativo instaurado por la Autoridad competente del indicado Ministerio contra el ahora recurrente, que ejercía las funciones de Director General Ejecutiva de la Entidad Ejecutoria de Medio Ambiente y Agua (EMAGUA), por infracción de normas contenidas en las Leyes de Administración Gubernamental, respecto al Sistema de Tesorería y Crédito Público, Ley del Estatuto del Funcionario Público, Ley de Administración Presupuestaria y normas conexas en el que en aplicación de los DS Nos. 23318-A y 26237, se emitió las Resoluciones del Proceso Sumario Administrativo Nº 05/17 de 30 de octubre, en el que ante, la imposibilidad material de ejecutar la sanción como ex servidor público, se determinó la responsabilidad administrativa del ahora demandante.
Estas sanción fue ratificada mediante la Resolución de Recurso de Revocatoria AS/CGGC/Nº 03/2017 de 27 de noviembre por la indicada Autoridad Sumariante Principal del Ministerio de Medio Ambiente y Agua y posteriormente confirmada en Recurso Jerárquico, mediante la Resolución Ministerial Nº 001 de 02 de en enero de 20189, hoy impugnada en este proceso, alegándose ahora que dichas determinaciones vulneran sus derechos al debido proceso, a la defensa y al principio de la seguridad jurídica.
Por decreto de 02 de abril de 2018, este Tribunal observó la demanda, para que se acredite la fecha de notificación con la Resolución Impugnada y se identifique al tercero interesado, para determinar si corresponde o no admitir la demanda.
Mostrando 15 de 30 parrafos.