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TSJReiteradora

AS/0238/2021

Tribunal Supremo de Justicia
22 de abril de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Apelación / Resolución / Ilegal (Anulación de obrados)

El recurrente Refiere que el auto de vista 85 no se pronuncia sobre la apelación interpuesta por el demandante solo hace referencia de forma parcializada; sobre la indemnización existe un error en la sentencia al señalar 12 años, 11 meses y 25 días y en la parte enunciativa por error establece 9 año...

Proceso
proceso laboral de pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 238/2021

Sucre, 22 de abril de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 176/2021

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Edwing Gerardo Peredo Lazcano en representación legal de Israel Juan Luis Santos Pizarro, cursante de fs. 217 a 218, contra el Auto de Vista Nº 85 de 19 de noviembre de 2020, cursante de fs. 210 a 214, emitido por la Sala Social Administrativa, Contencioso, Contenciosa Administrativa y Tributaria Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso laboral de pago de beneficios sociales seguido por el recurrente contra la Empresa Unipersonal Panadería y Pastelería “Paris”, el auto que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs. 224 y vta., el Auto Nº 176/2021-A de 24 de marzo, de fs. 232 y vta., mediante el cual se admite el referido recurso, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso

Israel Juan Luis Santos Pizarro, en su escrito de fs. 4 a 6, refirió que fue contratado para desempeñarse como asistente administrativo hasta el 31 de mayo de 2016, que procedió a retirarse de manera voluntaria, agrega que trabajaba 13 horas de lunes a sábado, desde 05:30 a 18:30 horas, debido a que la parte empleadora se dedica al rubro de la panadería. Agrega que prestó sus servicios por un lapso de 12 años, 11 meses y 15 días, percibiendo un sueldo promedio indemnizable de Bs. 3.200.- y pide el pago de todos los beneficios sociales que por ley le corresponden.

La Jueza Tercera de Partido del Trabajo y Seguridad Social, por Auto 110 de 14 de junio de 2017, cursante a fs. 8, admitió la demanda y corrió traslado a la parte contraria, quienes por escrito de fs. 19 a 29, se apersonan, contesta negativamente a la demanda y opusieron excepciones perentorias de pago documentado y de prescripción o extinción del supuesto derecho del actor de las gestiones 2006, 2007, 2008 y 2009, las que fueron respondidas con la sentencia.

Encontrándose trabada la relación jurídico procesal, la apertura del término probatorio de 10 días común a las partes y fijándose los hechos a ser probados por las partes, mediante Auto 85 de 25 de agosto de 2017, cursante a fs. 37.

Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia Nº 22 de 20 de febrero de 2020, cursante de fs. 163 a 171, declarando: 1.- PROBADA la excepción perentoria de pago documentado en PARTE, opuesta por la parte demandada por haber realizado el pago parcial de Bs. 50.412,36.- por concepto de beneficios sociales a favor del trabajador; 2.- PROBADA la excepción perentoria de PRESCRIPCION EN PARTE opuesta por la parte demandada por estar prescritos los derechos que pudieran corresponder a las gestiones 2003 a 7 de febrero de 2007; y, 3.- PROBADA la demanda en partes, sin costas al haberse comprobado la relación laboral desde el 7 de febrero de 2007 hasta el 31 de mayo de 2016, y ordena a la empresa unipersonal Panadería y Pastelería “Paris” a través de su representante el pago a tercero día de ejecutoriada la sentencia a favor del actor el monto equivalente a sus derechos y beneficios sociales conforme a los siguiente:

TRABAJADOR: ISRAEL JUAN LUIS SANTOS PIZARRO

FECHA DE INGRESO: 07/02/2017

FECHA DE RETIRO: 31/05/2016

TIEMPO: 9 AÑOS, 3 MESES Y 24 DIAS.

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 3.045,00.- (S.P.I.)

CONCEPTO TIEMPO IMPORTE (BS.)

INDEMNIZACION 12 AÑOS, 11 MESES Y 15 DIAS 39.548,10.-

CONCEPTO TIEMPO IMPORTE (BS.)

DUODECIMAS DE AGUINALDO 5 MESES DE LA GESTION 2016 1.268,90.-

CONCEPTO TIEMPO IMPORTE (BS.)

VACACION DE 1 AÑO DE LA GESTION 2015 Y 11 DIAS DE LA GESTION 2016 2.981,50.-

CONCEPTO TIEMPO IMPORTE (BS.)

BONO DE ANTIGUEDAD DE 2007 A 2016 73.790,10.-

CONCEPTOTIEMPOIMPORTE (BS.)

PRIMAS DE 9 AÑOS, 3 MESES Y 24 DIAS 28.372,30.-

CONCEPTOTIEMPOIMPORTE (BS.)

INCREMENTO SALARIAL DE LAS GESTIONES DE 2007 A 2016 28.866,60.-

SUB TOTAL 144.737,50.-

CUADRO FINAL IMPORTE (Bs.)

SUB TOTAL 144.737,50.-

PAGO PARCIAL (-) 50.412,36.-

TOTAL 94.325,10.-

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VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO/ El Tribunal de Segunda Instancia incurre en vulneración al debido proceso, al resolver un caso sin cuidar que el proceso sometido a su competencia se lleve adelante sin vicios que puedan perjudicar el normal desarrollo del mismo.

Datos del proceso

Demandante
Edwing Gerardo Peredo Lazcano en representación legal de Israel Juan Luis Santos Pizarro
Demandado
Empresa Unipersonal Panadería y Pastelería “Paris”,
Proceso
proceso laboral de pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

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