Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 241 Sucre 20 de julio de 2005
DISTRITO: Cochabamba
PARTES : Benjamín Jhonny Villarroel García por AVICONS S.A.
c/ Freddy Omar Vía Valdivia. Cheque en descubierto.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 113 a 116 interpuesto por Freddy Omar Vía Valdivia, impugnando el Auto de Vista de 24 de noviembre de 2004 de fojas 109 a 110, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Benjamín Jhonny Villarroel García en representación de la Sociedad Anónima Arquitectura Viva y Construcción "AVICONS S.A." contra el recurrente, por el delito de cheque en descubierto, previsto y sancionado por el artículo 204 del Código Penal.
CONSIDERANDO:para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; vale decir, que el recurrente a más de interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, debe precisar hechos similares y establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
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