Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: Nº 243 Sucre, 4 de agosto de 2008
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Reynaldo Velásquez Escalera y Eusebio Veizaga.
Fabricación de sustancias controladas (Declara improcedente el recurso de nulidad y casación)
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Sucre, 4 de agosto de 2008
VISTOS: El recurso de nulidad y casación interpuesto por Reynaldo Velásquez Escalera de fojas 210 a 211, el 1 de noviembre de 2003, impugnando el Auto de Vista emitido el 16 de septiembre del mismo año por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba de fojas 207 a 208, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Eusebio Veizaga, por el delito de fabricación de sustancias controladas previsto en el artículo 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, los antecedentes de la materia, y:
CONSIDERANDO: Que, el Tribunal del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba, dictó Sentencia condenatoria pronunciada el 1 de noviembre de 2002 (fojas 190 a 191 vuelta), declarando a Reynaldo Velásquez Escalera y Eusebio Veizaga autores del delito de fabricación de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, imponiéndoles la pena de 6 años de presidio a cada uno de ellos y a ser cumplidas en las cárceles públicas de esa ciudad, pago de 400 días multa a razón de Bs.1.- por día, mas costas, daños y perjuicios ocasionados al Estado, averiguables en ejecución de sentencia.
En esta fase del proceso, el co-imputado Reynaldo Velásquez Escalera, hizo uso del recurso de apelación, tal cual consta a fojas 195, mas el memorial de fundamentación de fojas 202 a 203 de obrados, recurso que mereció pronunciamiento por parte de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista de 16 de septiembre de 2003, cursante de fojas 207 a 208, que confirmó la Sentencia antes mencionada en todos sus extremos, fallo superior recurrido de nulidad y casación, tal cual se evidencia del memorial cursante de fojas 210 a 211, interpuesto por el procesado Reynaldo Velásquez Escalera.
Que, radicado como se encuentra el proceso en este alto Tribunal, se pasa a analizar el recurso de nulidad y casación interpuesto.
CONSIDERANDO: Que, por memorial de fojas 210 a 211, el abogado del imputado Reynaldo Velásquez Escalera plantea recurso de nulidad y casación, acusando la violación, dice, de la ley sustantiva.
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