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TSJReiteradora

AS/0244/2021

Tribunal Supremo de Justicia
23 de abril de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Reincorporación / Trabajador puede optar por el pago de beneficios sociales o por reincorporación, no por ambos

La parte recurrente señaló que el trabajador optó por un supuesto retiro forzoso, pese a ello la demanda consiste un pago de beneficios sociales y no así de reincorporación por lo que corresponde considerarse la fecha de retiro forzoso para el pago de asignaciones familiares, solo por dos meses.

Proceso
proceso social por pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 244/2021

Sucre, 23 de abril de 2021

Expediente: SC-CA.SA.II-OR 141/2021

Distrito: Oruro

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS:

El recurso de casación interpuesto por Álvaro Rosales del Callejo por Héctor Alejandro Villalba Benavidez, en representación legal de la empresa Servicios Técnicos y Consultoría Oruro S.R.L. (SETEC ORURO S.R.L.), cursantes de fs. 147 a 149, contra el Auto de Vista Nº 016/2021 de 25 de enero cursante de fs. 138 a 145, emitido por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia Oruro, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales interpuesto por Fabio Quispe Choque contra la empresa recurrente, el Auto Nº 93/2021 de 26 de febrero que concedió el referido medio de impugnación cursante a fs. 153, el Auto Nº 141/2021-A de 10 de marzo de fs. 160 y vta. mediante el cual se admitió el referido recurso, los antecedentes del proceso y:

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1.- Sentencia

Que, tramitado el proceso laboral de pago de derechos laborales, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social y Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió la Sentencia 077/2019 de 27 de septiembre de (fojas 112 a 121), declarando probada en parte la excepción perentoria de pago y, probada en parte la demanda de fojas 6 a 7 complementada de fojas 10 a 11 vta., por lo que dispone a la Empresa SETEC ORURO S.R.L. representada legalmente por Hector Alejandro Villalba Benavidez, pague a favor del demandante Fabio Quispe Choque de acuerdo con el siguiente detalle.

FECHA DE INGRESO…….01 DE ENERO DE 2004

FECHA DE RETIRO………16 DE JULIO DE 2016

TIEMPO DE TRABAJO……12 AÑOS, 6 MESES Y 16 DIAS

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE……………..Bs. 11.414,76

CALCULO DE BENEFICIOS SOCIALES

INDEMNIZACION desde fecha 01 de enero

de 2009 hasta el 16 de julio de 2016,

por espacio de 7 años 6 meses y 16 días…........: Bs. 86.085,86

DESAHUCIO…………………………………….….: Bs. 34.244,10

SALARIO DEVENGADO desde enero de 2016 a

16 de julio de 2017 (6 meses y 16 días)………….: Bs. 74.576,04

AGUINALDO gestión 2016, duodécimas de

6 meses y 16 días………………………………….: Bs. 6.087.84

VACACIONES gestión 2015-2016 y gestión

2016-2017 (en duodécimas) por 46.5 días………: Bs. 17.692,78

SUBSIDIO PRENATAL desde julio

de 2016 (mínimo nacional Bs. 1.805,00)…………...: Bs. 9.025,00

Subsidio Natalidad (mínimo nacional Bs. 1.805,00).: Bs. 1.805,00

Subsidio Lactancia 5 meses

(Mínimo nacional Bs. 1.805,00)………………………: Bs. 9.025,00

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Máxima

BENEFICIOS SOCIALES O REINCORPORACIÓN/ El trabajador tiene la facultad de decidir si optar por la continuidad y estabilidad laboral, por medio del mecanismo de la reincorporación; o bien de manera optativa, el pago de beneficios sociales, emergentes de la relación laboral.

Datos del proceso

Demandante
Fabio Quispe Choque
Demandado
por Álvaro Rosales del Callejo por Héctor Alejandro Villalba Benavidez, en representación legal de la empresa Servicios Técnicos y Consultoría Oruro S.R.L. (SETEC ORURO S.R.L.),
Proceso
proceso social por pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículo 10 del Decreto Supremo No. 28699 de 01 de mayo de 2006.

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