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TSJ

AS/0244/2024

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2024PlenaMag. José Antonio Revilla Martinez
Proceso
Detención Preventiva con fines de Extradición.
Sala
Plena
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PLENA

AUTO SUPREMO Nº

: 244/2024

EXPEDIENTE Nº

: 19/2023 DPFE.

PROCESO

: Detención Preventiva con fines de

Extradición.

PARTES

: Embajada del Estado de Israel vía

Embajada de la República del Perú c/

Avner Phillip Menashe.

MAGISTRADO TRAMITADOR

: José Antonio Revilla Martínez.

FECHA

: 28 de agosto de 2024

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de “cesación a la detención preventiva con fines de extradición” (sic), por vencimiento de plazo de 02 de agosto de 2024 (fs. 184 a 187), el Auto Supremo Nº 267/2023 de 28 de noviembre (fs. 25 a 27), y Nº 200/2024 de 17 de julio (fs. 151 a 153) emitidos por Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, la Resolución Constitucional Nº 005/2024 de 13 de agosto, emitido por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro de la Acción de Libertad interpuesta por Leny Pedraza Leaños contra el Auto Supremo Nº 267/2013 de 28 de noviembre, los antecedentes del trámite; y,

CONSIDERANDO I:

El ciudadano Avner Phillip Menashe, por escrito de fs. 184 a 187, señaló:

1. De la revisión del Auto Supremo Nº 267/2023, se advierte que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia omite establecer el tiempo o el plazo de duración de la detención preventiva por lo que se debe remitir a lo señalado por la Juez de Instrucción en lo Penal Nº 3 de la ciudad de Sucre, que dispone el plazo de cuarenta y cinco (45) días; además, agregó que de acuerdo al Informe Nº 882/2024, signado como DDI-DIV FUG-BIEN CUL-TRAM MIG, informa que el miércoles 24 de abril de 2024, se procedió a ejecutar el Mandamiento de Detención Preventiva con Fines de Extradición, conduciendo al ciudadano extraditable a dependencias del Centro de Rehabilitación Penitenciaria de Palmasola de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

2. Conforme lo señalado a la fecha de la presentación del memorial de cesación de la detención preventiva con fines de extradición, han transcurrido más de noventa y ocho (98) días, desde la detención sin que se haya formalizado la extradición.

3. Por lo que solicitó que la Sala Plena emita resolución que, disponiendo, que al haber cumplido excesivamente el plazo de la detención preventiva con fines de extradición, se disponga de forma inmediata la libertad del referido ciudadano extraditable.

CONSIDERANDO II: De la revisión de obrados se establece lo siguiente:

1. Mediante nota con CLASIFICACIÓN "URGENTE" GM-DGAJ-UAJI-Cs-2247/2023 de 10 de julio (fs. 16), mediante la cual la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, remitió a este Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la solicitud vía diplomática Nota Verbal N° 011/23 de 5 de abril, formulada por la Embajada del Estado de Israel en la República del Perú, en el marco del Convenio de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, en el que hacen conocer su pedido de extradición del ciudadano israelí y boliviano AVNER PHILLIP MENASHE, basado en la Orden de Arresto de 29 de noviembre de 2021, promovido por el Tribunal de Primera Instancia de Tel Aviv dentro de la causa registrada bajo el N° 469197/2015, por los delitos de Conspiración para cometer Delito Grave; Exportación, Importación, Tráfico y Suministro de Drogas Peligrosas.

2. La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 267/2023 de 28 de noviembre, comisionando a la Juez de Instrucción en lo Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Nº 3 de la ciudad de Sucre, a efecto de que emita el mandamiento correspondiente.

3. En cumplimiento a lo ordenado, la Juez de Instrucción en lo Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Nº 3 de la ciudad de Sucre, emite el Mandamiento de Detención Preventiva con Fines de Extradición Nº 007/2024 de 18 de marzo, que fue ejecutado el 24 de abril de 2024, aproximadamente a horas 08:00, en ese sentido, cursa constancia de notificación personal con el Auto Supremo Nº 267/2023 de 28 de noviembre y el referido Mandamiento (fs. 263); además del muestrario fotográfico del ciudadano israelí-boliviano AVNER PHILLIP MENASHE, visible de fs. 251 a 269, quien luego fue conducido al Centro de Rehabilitación PALMASOLA, Santa Cruz de la Sierra.

4. En fecha 20 de junio de 2024 (fs. 70), mediante nota con CLASIFICACIÓN "URGENTE" GM-DGAJ-UAJI-Cs-2473/2024 de 20 de junio, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Estado requirente hace conocer la solicitud formal extradición de ciudadano Avner Phillip Menashe, adjuntando la documentación pertinente y necesaria.

5. Cursa de fs. 110 a 114, el Fiscal General del Estado remite el Dictamen FGE/JLP Nº 10/2024 de 15 de julio, requiriendo la procedencia de la extradición.

6. Finalmente, esta Sala Plena, emitió el Auto Supremo 200/2024 de 17 de julio (fs. 151 a 153), declarando procedente la solicitud de extradición del ciudadano Avner Phillip Menashe y, en consecuencia, dispuso su entrega al Estado requirente a través de las dependencias competentes del Órgano Ejecutivo. Al efecto, comunicó la resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores con oficio SALA PLENA OF. Nº 1113/2024 de 13 de agosto, que sale a fs. 153-A.

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Datos del proceso

Demandante
Embajada del Estado de Israel vía Embajada de la República del Perú
Demandado
Avner Phillip Menashe
Proceso
Detención Preventiva con fines de Extradición.
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2024AS/0244/2024Fuente oficial