Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 246/2008
EXP. N°: 50/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Interpuesto por el Gerente Distrital Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Superintendencia Tributaria General.
FECHA: 22 de octubre de 2008.
VISTOS EN SALA PLENA: el memorial de 30 de julio del presente año 2008 (fojas 42 a 43), con petitorio presentado por el Superintendente Tributario General, Rafael Rubén Vergara Sandoval, en sentido de que se declare la perención de instancia respecto a la demanda contencioso-administrativa de 18 de enero de 2007 (fojas 30 a 34 vuelta), mediante la cual el Gerente Distrital de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales, Zenón Zepita Pérez, impugnó la Resolución identificada como STG-RJ/0349/2006 emitida por el mencionado Superintendente el 20 de noviembre de 2006 (fojas 15 a 27) que, en fase de conocimiento de un recurso jerárquico, confirmó la resolución emitida por el Superintendente Tributario Regional de La Paz que dejó sin efecto sanciones de carácter impositivas a una entidad contribuyente; y el informe del Ministro José Luis Baptista Morales.
CONSIDERANDO: que revisados los respectivos antecedentes, se ha establecido que la demanda contencioso-administrativa de referencia fue admitida el 15 de febrero del indicado año 2007 (fojas 37) mediante providencia que se puso en conocimiento del demandante el día 16 de dicho mes de febrero (fojas 38), sin que desde entonces se hubiera presentado éste para los fines de prosecución del trámite pertinente, dando así lugar a que corresponda aplicar a ese caso la previsión contenida en el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil que dispone que, si el demandante abandona su acción durante seis meses, se procederá a declarar la perención de instancia con costas.
POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando la disposición contenida en el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Penal, DECLARA LA PERENCIÓN DE INSTANCIA, con costas, respecto a la demanda contencioso-administrativa interpuesta por el Gerente Distrital de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales impugnando la Resolución emitida el 20 de noviembre de 2006 por el Superintendente Tributario General que, en fase de conocimiento de un recurso jerárquico, confirmó una resolución dictada por el Superintendente Tributario Regional de La Paz que dejó sin efecto una sanción impositiva impuesta a una firma contribuyente contra la Gerencia Distrital de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales, no correspondiendo en consecuencia emitir criterio alguno acerca del memorial de contestación a la demanda que presentó el Superintendente Tributario General el 7 de agosto del presente año (fojas 45 a 48).
Regístrese.
Firmado: Eddy Walter Fernández Gutiérrez
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