Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 246/2014
Sucre, 27 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE: S.151/2010
DISTRITO: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 438 a 440 y vuelta, interpuesto por Roberto Callejas Jiménez apoderado legal de Constancio Salazar Padilla, Presidente de la Mancomunidad de Municipios Centro, en mérito al Instrumento Poder Nº 827/2009 de fojas 367 a 368 y vuelta, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 4 del Distrito Judicial de Chuquisaca a cargo de María Nieves Revilla Zambrana, contra el Auto de Vista Nº 057/10 de 18 de febrero de 2010 emitido por la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca (fojas 434 a 435 y vuelta), dentro del proceso laboral por cobro de beneficios sociales, seguido por Marlene Calvimontes Dávila contra la Mancomunidad de Municipios de Chuquisaca Centro, la respuesta de fojas 443 a 444 y vuelta, el Auto de Concesión del recurso de fojas 445, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 093/2009 de 21 de diciembre de 2009 (fojas 412 a 113 y vuelta), declarando PROBADA la demanda de fojas 184 a 186, con costas, debiendo la entidad demandada cancelar los conceptos que siguen:
Salario promedio indemnizable: Bs. 4.766
Desahucio: Bs. 14.298.00
Indemnización 7 años y 8 meses Bs. 36.539.36
Vacación: 8 meses y 17 días Bs. 2.224.13
Aguinaldo 09: 3 meses y 17 días: Bs. 1.403.33
Bono incentivo: Bs. 1.000.00
Total: Bs. 55.464.82
La suma a ser cancelada dentro de tercero día bajo conminatoria de apremio, más lo señalado en el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo del 2006.
En grado de apelación, incoado por el demandado (fojas 417 a 419), por Auto de Vista Nº 057/10 de 18 de febrero de 2010, la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca (fojas 434 a 435 y vuelta), CONFIRMÓ en todas sus partes la Sentencia Nº 093/2009 de 21 de diciembre de 2009 de fojas 412 a 413; con costas.
Que, contra el referido Auto de Vista, la parte demandada interpuso recurso de casación en el fondo (fojas 438 a 440 y vuelta), en el que fundamenta los agravios sufridos:
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