Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO COMPLEMENTARIO S/N DEL AUTO SUPREMO Nº 246 DE 18 DE AGOSTO DE 2005.
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Ministerio Público y FANCESA S.A. c/ Santiago Arana
Bustillos y otros
Estafa.
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VISTOS: la solicitud de explicación, complementación y enmienda de fojas 10.201 presentada por el procesado Fran-cisco Javier Santiago Arana Bustillos con relación al Auto Supremo Nº 246 de 18 de agosto de 2005, y
CONSIDERANDO: que del texto del memorial de fojas 10.201 se infiere que el procesado manifiesta que se hubiere incurrido en una presunta violación del principio de congruencia, aspecto que no es evidente puesto que, en el caso presente, si bien es cierto que existe un auto final de la instrucción (fojas 1.975 a 1.985 y vuelta) que enmarca a la acusación, ésta se sustentó en hechos que fueron calificados en dicha resolución, no es menos cierto que tales hechos, ahora, a tiempo de ser compulsados por este tribunal, evidencian que dan lugar a una variación en la calificación de la acción antijurídica, pero no así en los hechos juzgados. El Supremo Tribunal considera que ha determinado el equilibrio entre la búsqueda de la eficacia y salvaguarda de los derechos y garantías en resguardo de la defensa social, sin que se hubiesen vulnerado los derechos y garantías de los imputados en el caso particular del procesado Francisco Javier Santiago Arana Bustillos.
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