Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 247 Sucre 7 de marzo de 2007
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Mayra Alvarez Rodríguez c/ Jaime Hedí Herrera Jiménez.
Despojo.
MINISTRO RELATOR: Dr. Wilfredo Ovando Rojas.
Sucre, 7 de marzo de 2007
VISTOS: El recurso de casación de fojas 103 a 105, interpuesto por Mayra Alvarez Rodriguez, contra el Auto de Vista de fojas 97 a 98 Vlta., de fecha 24 de octubre de 2006, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso penal seguido por la recurrente contra Jaime Eddy Herrera Jiménez, por el delito de despojo, tipificado en el Art. 351 del Código Penal; los antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que, el Juez 2do de Sentencia de Santa Cruz, pronuncia la sentencia Nº 15/2005 de fojas 79 a 83, de fecha 22 de septiembre de 2005, absolviendo al imputado Jaime Eddy Herrera Jiménez de culpa y pena del delito de despojo, tipificado en el Art. 351 del Código Penal, con costas a la querellante. De esta resolución interpone recurso de apelación restringida Mayra Alvarez Rodríguez de fojas 85 a 87 con los fundamentos que contiene este recurso y que es resuelto mediante Auto de Vista de fojas 97 a 98 Vlta., declarando admisible e improcedente el recurso de fojas 85 a 87
CONSIDERANDO: Que, la acusadora particular recurre de casación de fojas 103 a 105, impugnando el Auto de Vista de fojas 97 a 98 Vlta., que es admitido por Auto Supremo de fojas 110 a 111, que se pasa a examinar.
Expresa que la sentencia no tiene fundamentación, que no se abandonó la causa, no existió motivación suficiente, objetiva, que hubo sentencia y no abandonó la causa, que no existió retractación ni desistimiento y que fue despojada del inmueble adquirido de FONVIS y que en el Auto de Vista no han valorado el Art. 370 del Código de Procedimiento Penal.
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