Texto del fallo
S A L A C I V I L
Auto Supremo: Nº 247. Sucre: 17 de Agosto de 2011.
Expediente: Nº 23 - 07 - S.
Partes: Juan Antonio Borda Lea Plaza c/ Corina Virginia Murray de Burgos
Distrito: Tarija.
VISTOS: El desistimiento del recurso de casación formulado por Juan Antonio Borda Lea Plaza, cursante de fojas 334 y vuelta, dentro el proceso sobre la acción pauliana, seguido por el presentante, contra Corina Virginia Murray de Burgos, los antecedentes, y:
CONSIDERANDO: Que, radicada la causa en éste despacho para la resolución del recurso de casación de fojas 312 a 314, interpuesto por Juan Antonio Borda Lea Plaza, dentro el proceso antes señalado, mediante memorial de fojas 334 y vuelta, de 27 de junio de 2011, el demandado presenta desistimiento de dicho recurso.
CONSIDERANDO: Que, en el capítulo I de título VI del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil, se encuentran previstas las formas de Conclusión Extraordinarias del Proceso, tales como: (art. 303) el retiro de la demanda, (art. 304) el desistimiento del proceso, (art. 305) el desistimiento del derecho y (art. 307) el desistimiento de los recursos de apelación y de casación.
Que, conforme lo establece el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, una vez presentado el desistimiento del recurso de casación, corresponde aceptarlo sin más trámite.
Mostrando 9 de 17 parrafos.