Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0248/2002

Tribunal Supremo de Justicia
15 de julio de 2002Social 1eraMag. Eduardo Rodríguez Veltzé
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2002

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I

AUTO SUPREMO No. 248-Social Sucre,15 de julio de 2002.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Shirley Rojas Zeballos c/ Guardería "CONE".

RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé.

VISTOS: El recurso de fs. 86-87, interpuesto por Silvia Brun Sánchez , contra el Auto de Vista de fs. 84, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro del proceso seguido por Shirley Rojas contra la recurrente; los antecedentes del proceso, el Dictamen del Fiscal General de la República de fs. 93 , y

CONSIDERANDO: Que tramitado el proceso, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció sentencia a fs. 73-74, declarando Probada en parte la demanda. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Segunda del Distrito Judicial de La Paz, confirmó la sentencia, resolución que es objeto del recurso de nulidad que acusa el art. 12 de la Ley General del Trabajo y el D.S. 21431 de 10.11.86, con el argumento de que se hace una mala interpretación de la Ley en relación a la conversión de la relación laboral en indefinida a partir del segundo contrato a plazo fijo, sin tomar en cuenta que entre uno y otro existió discontinuidad y no recontratación inmediata y que la Ley 975 no aplicable para contrataciones temporales.

CONSIDERANDO: Que examinados los antecedentes se establece lo siguiente:

Tanto el Juez de Instancia, como el Tribunal Ad quem tomaron convicción sobre los extremos y la pertinencia de la demanda en las respectivas resoluciones que emitieron. En ellas se detalla y analiza el marco legal aplicable al vínculo laboral de la actora con la Guardería "Cone", argumento legal que, respaldado en los antecedentes y pruebas aportados al proceso, confirman el hecho que la actora sostuvo una relación laboral continua por cuatro gestiones, ocho meses y seis días hasta su interrupción intempestiva atribuible a la empleadora, sin que se demuestre infracción alguna al art. 12 de la Ley General del Trabajo o al D.S. 21431.

Mostrando 9 de 18 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Shirley Rojas Zeballos
Demandado
Guardería "CONE".
Magistrado relator
Eduardo Rodríguez Veltzé
Tribunal Supremo de Justicia15 de julio de 2002AS/0248/2002Fuente oficial