Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 248/2007 FECHA: 12 de septiembre de 2007
EXP. N°: 30/2006
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Estación de Servicio AME-TAUNA contra la Superintendencia
General del Sistema de Regulación Sectorial.
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo seguido por Miguel Ángel Linares Mercado en representación legal de la Estación de Servicio AME-TAUNA impugnando la Resolución Administrativa Nº 955 de 21 de octubre de 2005 pronunciada por el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial, el Informe de la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que la demanda fue admitida el 3 de marzo de 2006, disponiéndose la citación de la autoridad demandada, providencia notificada a la Empresa demandante el 10 de marzo de 2006, sin que desde esa fecha se hubiera apersonado ante este Tribunal Supremo a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía, pues debía proveer los recaudos necesarios para la citación de la autoridad demandada.
Que, en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista en el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN de la instancia.
No interviene la Ministra Rosario Canedo Justiniano por encontrarse con licencia.
Regístrese.
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