Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº S-646/2009
AUTO SUPREMO Nº 248 Desistimiento Sucre, 22 de agosto de 2011.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Rubén Tufiño Schwenk c/ Club Deportivo Bolívar
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que mediante memorial de fs. 726 Ruben Dario Tufiño Schwenk, formula desistimiento del recurso de casación de fs. 705-719 en virtud de haber suscrito un Convenio Transaccional y hecho el cobro efectivo de los beneficios sociales y otros, que le adeudaba la institución demandada, desapareciendo así el motivo de la demanda, por lo que solicita que sea aceptado en forma pura y simple por esta Corte Suprema de Justicia, sin costas.
Por su parte, la institución demandada representada legalmente por su Presidente Ing. Guido Loayza Mariaca y Strio. General Dr. Jorge Jaime Jemio Fernández, ACEPTAN el desistimiento del Recurso de Casación presentado por el señor Rubén Dario Tufiño Schwenk, solicitando a esta Corte que acepte el mismo y aprueben en forma pura y simple, sin costas.
Que, conforme está previsto por el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso de casación produce la ejecutoria del auto de vista, correspondiendo aceptarlo sin más trámite.
Sin embargo, las partes deben tener en cuenta lo dispuesto por el art. 70 del Código Procesal del Trabajo, a los efectos consiguientes.
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