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TSJ

AS/0249/2005

Tribunal Supremo de Justicia
26 de agosto de 2005Social 1era
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2005

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Expediente Nº B-1-01-A

AUTO SUPREMO Nº 249 - C. Tributario (Desistimiento) Sucre, 26 de agosto de 2005.

DISTRITO: Beni

PARTES: Herlan Suárez Gómez por la Empresa "EMSO" Ltda. c/ Administración Regional de Impuestos Internos del Beni. (A.R.I.I.)

VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de desistimiento cursante a fs. 121, presentado por Herlan Suárez Gómez en representación de la Empresa "EMSO" Ltda., dentro del proceso Contencioso Tributario seguido contra la Administración Regional de Impuestos Internos del Beni (Exp. Nro. B.1.01.A) -ahora Gerencia Distrital del S.I.N.-, por haberse acogido al Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional para el tratamiento de adeudos tributarios, en la modalidad de Pago Unico y definitivo, previsto por la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003 y la Ley Nº 2626 de 22 de diciembre de 2003.

Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 305-I del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento no se requiere conformidad de la entidad demandada, debiendo este Tribunal, simplemente, examinar si procede el desistimiento y, de ser así, dar por terminado el proceso.

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Datos del proceso

Demandante
Herlan Suárez Gómez por la Empresa "EMSO" Ltda.
Demandado
Administración Regional de Impuestos Internos del Beni. (A.R.I.I.)
Tribunal Supremo de Justicia26 de agosto de 2005AS/0249/2005Fuente oficial