Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0249/2008

Tribunal Supremo de Justicia
4 de agosto de 2008Penal IMag. Angel Irusta Pérez
Proceso
Sala
Penal I
Año
2008

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 249 Sucre, 4 de agosto de 2008

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Ministerio Público c/ Román Quispe Mamani.

Tráfico de Sustancias Controladas (Declara infundado el recurso de casación)

< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < <

Sucre, 4 de agosto de 2008

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Mario Cadima Cano de fojas 264 a 265, el 10 de octubre de 2003, contra el Auto de Vista emitido el 1 de octubre del mismo año por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, de fojas 261 a 262 vuelta, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Román Quispe Mamani, por el delito de tráfico de sustancias controladas previsto en el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, los antecedentes de la materia, y:

CONSIDERANDO: Que, a la conclusión de la fase del plenario, el Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas de la Capital, previa realización de las diligencias correspondientes, dictó Sentencia condenatoria pronunciada el 30 de septiembre de 2002 (fojas 244 a 248), en contra de Román Quispe Mamani, imponiéndole pena privativa de libertad de 6 años y 8 meses de presidio, que debía ser cumplida en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz, además del pago de 4 días multa a razón de Bs.1.- por día, mas costas, daños y perjuicios ocasionados al Estado, averiguables en ejecución de sentencia y la devolución de bienes incautados a los legítimos propietarios por no ser parte del proceso.

Que, consta en el acta de audiencia de lectura de sentencia, fojas 249 de obrados, el Tribunal de esta instancia, concedió los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público y el procesado contra la Sentencia, impugnaciones que fueron resueltas por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 18 de julio de 2003, cursante de fojas 261 a 262 vuelta, anulando la Sentencia recurrida por incompleta, y declaró al imputado Román Quispe Mamani, absuelto de culpa y pena del delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, además se ordenó la devolución de los bienes incautados, previa acreditación del derecho propietario de los mismos.

Radicado como se encuentra el proceso en este Tribunal de justicia, se tramitó de oficio la extinción de la acción penal, de fojas 281 a 282 de obrados, en sentido de no haber dado lugar a dicho incidente de previo y especial pronunciamiento, por lo que se pasa a analizar el recurso de nulidad.

CONSIDERANDO: Que, el recurrente, representante del Ministerio Público, expuso escuetamente como fundamento de su recurso, la vulneración del artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, acusando la infracción directa de las normas sustantivas en la calificación de los hechos, causal prevista en el artículo 298 inciso 1) del Código de Procedimiento Penal y la presencia de situaciones contradictorias respecto a la responsabilidad del imputado.

Por lo expuesto en el recurso, solicitó se case el mencionado Auto de Vista, ante la existencia de prueba plena en contra del imputado, se lo condene a sufrir pena de 10 años de presidio en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz mas el pago de 300 días multa a razón de Bs. 10.- , costas y daños a favor del Estado.

CONSIDERANDO: Que, examinados los argumentos expuestos en el recurso de casación, confrontados con el Auto de Vista recurrido, la revisión integral y objetiva del expediente, se pudo apreciar que el Tribunal de Alzada, a momento de emitir su fallo cumplió a cabalidad con lo dispuesto en el artículo 290 segundo párrafo del Código de Procedimiento Penal de 1972, pues evidentemente la Sentencia dictada por el a-quo no precisó el delito por el cual se condenó al imputado.

Mostrando 14 de 27 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Román Quispe Mamani.
Magistrado relator
Angel Irusta Pérez
Tribunal Supremo de Justicia4 de agosto de 2008AS/0249/2008Fuente oficial