Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 250/2011.
EXP. N°: 493/2011
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES Gerente Distrital El Alto del SIN C/ Autoridad General de Impugnación Tributaria
FECHA: Sucre, veinticuatro de noviembre de dos mil once.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Pedro Medina Quispe, cursante de fojas 53 a 57 vuelta, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ/0311/2011 de 9 de junio de 2011, emitida por el Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, el informe del Ministro Tramitador, Dr. Ángel Irusta Pérez y,
CONSIDERANDO: Que, el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa (90) días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de la documental adjunta al memorial de demanda, se evidencia que la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ/0311/2011 de 9 de junio de 2011, ahora impugnada, fue notificada al demandante en fecha 16 de junio de 2011 a horas 15:30 (fojas 39).
Que, Pedro Medina Quispe presentó el memorial de fojas 53 a 57 vuelta, recibido en Secretaría de Cámara de Sala Plena el 15 de septiembre de 2011 a horas 17:25, según consta en el cargo de presentación sentado a fojas 58, cuando ya habían transcurrido más de noventa días, correspondiendo su rechazo in limine por su presentación extemporánea.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda por haberse presentado fuera del plazo previsto por ley.
No intervienen la Ministra Rosario Canedo Justiniano por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, tampoco el Ministro Julio Ortiz Linares por viaje.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Beatriz Sandoval de Capobianco
DECANA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
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