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TSJ

AS/0251/2022

Tribunal Supremo de Justicia
19 de mayo de 2022Social 2daMag. Maria Cristina Diaz Sosa
Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA,

SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

Auto Supremo Nº 251/2022-RRC

Sucre, 19 de mayo.2022

Expediente : SC-CA.SAII-TJ 138/2022.

Distrito : Tarija.

Proceso : Pago de Beneficios Sociales

Demandante : Nelson Tito Mancilla Olarte

Demandado : Servicio Departamental de Caminos (SEDECA)

Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs.179 a 180 vta., interpuesto por Richard Fabián Casso Fernández en representación legal del Servicio Departamental de Caminos – Tarija (SEDECA), contra el Auto de Vista Nº 251/2021 de 15 de diciembre de fs. 173 a 177, pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Nelson Tito Mancilla Olarte contra el recurrente, el Auto Interlocutorio 19/22 de 17 de febrero de 2022, cursante a fs. 184 y vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y

I. 1. ANTECEDENTES DEL PROCESO.

I.1.1. Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió la Sentencia 224/2018 de 09 de agosto de fs. 128 a 131, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 10 a 11 y aclarada a fs. 26 a 28, con costas; disponiendo que, el Servicio Departamental de Caminos - Tarija, cancele a favor del actor la suma de Bs. 5.962,83 (Cinco Mil Novecientos Sesenta y Dos 83/100 Bolivianos).

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por Humberto Ortega Flores de fs. 133 a 135 vta., la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante el Auto de Vista Nº 251/2021 de 15 de noviembre de fs. 173 a 177., REVOCA PARCIALMENTE la sentencia apelada de fs. 128: dejándose sin efecto la imposición de costas en aplicación de los dispuesto por el art. 39 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 y art. 52 del DS 23215 manteniendo lo demás firme e inalterable.

II.1. MOTIVOS DEL RECUROS DE CASACION.

Dicha resolución motivo el recurso de casación interpuesto por el recurrente alegando lo siguiente:

1. Que el Auto de Vista impugnado incurre en falta de valoración y consideración de las pruebas posteriores a la etapa preparatoria de reciente obtención consistentes en la Resolución Ministerial N°918/17 de 5 de octubre la cual revoco totalmente la Resolución Administrativa JDTT n° 17/17 DE 18 de mayo y Conminatoria JDTT N°46/17 de 3 de abril cursantes a fs. 43 a 55.

2. Errónea valoración de la prueba de descargo y falta de apreciación de los hechos, pues se reconocieron hechos inexistentes con referencia al pago de sueldos devengados en inobservancia de lo previsto en el art. 10 del DS 28699 y arts. 66, 150 y 159 del CPT.

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Datos del proceso

Demandante
Nelson Tito Mancilla Olarte
Demandado
Servicio Departamental de Caminos (SEDECA)
Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa
Tribunal Supremo de Justicia19 de mayo de 2022AS/0251/2022Fuente oficial