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TSJ

AS/0252/2008

Tribunal Supremo de Justicia
15 de mayo de 2008Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 312/04

AUTO SUPREMO Nº 252 - Social Sucre, 15 de mayo de 2008.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Cesar Urquiza Urgel c/ Mauna Loa Private Club

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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 67-68 interpuesto por Juan Mariscal Rojas, propietario de "Mauna Loa Private Club", del Auto de Vista No. 336 de Fs. 64-65 dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de beneficios sociales por despido seguido por César Urquiza Urgel con el recurrente; sus antecedentes, lo alegado por las partes, y

CONSIDERANDO I: Que, la Jueza Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz emitió la Sentencia No. 39 de Fs. 49-50 por la que declara probada la excepción perentoria de prescripción en cuanto al pago de horas extras y probada en parte la demanda de César Urquiza Urgel con reconocimiento de Bs. 20.682.- por los conceptos de indemnización, vacación, bono de antigüedad y horas extras por 9 años, 9 meses y 9 días de antigüedad en base a un salario mensual promedio de Bs. 800.-; ordenando su cancelación al demandado, propietario de la empresa "Mauna Loa Private Club", Juan Mariscal Rojas.

Apelada esta resolución a Fs. 54-55 por el demandado recién nombrado, en alzada, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de ese Distrito Judicial, por Auto de Vista No. 336 de Fs. 64-65, la confirma, modificando la liquidación en Sentencia, por los conceptos de bono de antigüedad y horas extraordinarias; estableciendo un monto final de Bs. 17.733.-

Resolución de la que, como se tiene referido, el demandado Juan Mariscal Rojas interpone el recurso de casación, que se pasa a examinar.

CONSIDERANDO II: Que este recurso, cursante a Fs. 67-68, está restringido en su contenido a un recuento o relación de los antecedentes procesales, con énfasis en la prueba que, alega, ha sido valorada incurriendo en errores de hecho y de derecho, en lo referente a las horas extraordinarias en la jornada de trabajo que era nocturna.

Concluye formalizando la interposición del recurso y solicitando de este Tribunal case el Auto de Vista y deliberando en el fondo declare improbada la demanda en lo que se refiere al cobro de horas extraordinarias.

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Datos del proceso

Demandante
Cesar Urquiza Urgel
Demandado
Mauna Loa Private Club
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia15 de mayo de 2008AS/0252/2008Fuente oficial