Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 252 /2018
Sucre, 03 de septiembre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 107/2017
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en fondo de fs. 280 a 288 vta., interpuesto por José Eduardo Paz Ortiz, en representación de la Empresa Unipersonal Aserradero “San Pedro”, contra el Auto de Vista Nº 183 de 18 de noviembre de 2016, cursante de fs. 276 a 277 vta., pronunciado por la Sala Social Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por José Adrián Rivero Fernández, contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 291 y vta., el Auto de fs. 292 que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 107/2017-A de 21 de marzo de fs. 299 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 371 de 27 de noviembre de 2015, cursante de fs. 243 a 245, declarando probada la demanda, con costas, disponiendo que la empresa demandada, pague a favor del actor, la suma de Bs. 88.478,76 por concepto de indemnización, aguinaldo, vacaciones y multa del 30%.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs. 255 a 264 vta., la Sala Social Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 183 de 18 de noviembre de 2016, cursante de fs. 276 a 277 vta., revocó parcialmente la sentencia apelada, disponiendo que la parte demanda pague a favor del actor la suma de Bs. 83.902,74 sin costas.
I.2 Motivos del recurso de casación
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 280 a 288 vta., interpuesto por José Eduardo Paz Ortiz, en representación de la Empresa Unipersonal Aserradero “San Pedro”, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 280 a 288 vta.
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