Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0254/2007

Tribunal Supremo de Justicia
18 de mayo de 2007Civil IMag. Emilse Ardaya Gutiérrez
Proceso
Ordinario - Nulidad de testamento.
Sala
Civil I
Año
2007

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N ° 254 Sucre, 18 de mayo de 2007

DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario - Nulidad de testamento.

PARTES : Apolinar Ochoa Rodríguez c/Ruth Genara Ochoa Rodríguez

MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 130 a 131, interpuesto por Ruth Genara Ochoa Rodríguez contra el auto de vista N° 202/2004 de fs. 126, pronunciado el 2 de Agosto de 2004, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre nulidad de testamento seguido por Apolinar Ochoa Rodríguez contra la recurrente, los antecedentes procesales, y

CONSIDERANDO: El Auto de vista confirma la sentencia apelada, con la modificación que el testamento de fs. 3 a 4, tendrá validez únicamente en lo referido a la disposición de la testadora de su cuota parte disponible a favor de su hija Ruth Genara Ochoa Rodríguez.

Esta resolución es impugnada en casación por la demandada, sin señalar si recurre en el fondo en la forma o en ambos, tampoco señala ninguna disposición que hubiere sido violada, interpretada errónea o indebidamente por el tribunal ad quem.

CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación se halla considerado como una demanda nueva de puro derecho, para cuya procedencia, es necesario cumplir con los requisitos previstos por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, vale decir, especificar de manera clara la ley o leyes violadas, aplicadas indebidamente, interpretadas erróneamente e indicar en qué consiste la violación, cual debía ser la norma jurídica aplicable correctamente o cual la interpretación debida. Cuando de error en la apreciación de las pruebas se trate, ha menester que el recurrente indique si éste es de derecho o de hecho, habida cuenta que la apreciación y valoración de la prueba es incensurable en casación, a menos que se demuestre objetivamente el error manifiesto en el que hubiera incurrido el juzgador.

Nada de lo exigido ha cumplido la recurrente, cuyo recurso acusa una total orfandad de fundamentación y motivación relativa al recurso de casación, extremo que impide se abra la competencia del tribunal de casación, por lo que corresponde aplicar la previsión que para estos casos establecen los arts. 271-1) y 272-2) del Código de Procedimiento Civil.

Mostrando 10 de 20 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Apolinar Ochoa Rodríguez
Demandado
Ruth Genara Ochoa Rodríguez
Proceso
Ordinario - Nulidad de testamento.
Magistrado relator
Emilse Ardaya Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia18 de mayo de 2007AS/0254/2007Fuente oficial