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TSJ

AS/0254/2007

Tribunal Supremo de Justicia
3 de mayo de 2007Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 102/06

AUTO SUPREMO Nº 254 - Administrativo Sucre, 03 de mayo de 2007.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Franz Miranda Bello c/ SENASIR

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VISTOS: Elrecurso de casación en el fondo de fojas 135 a 134, interpuesto por Luís Alberto Orellano Valenzuela, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR, contra el auto de vista Nº 091/06 - SSA-II de 17 de abril de 2006, cursante a fojas 131, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso administrativo de reclamación, sobre calificación de Renta Única de Vejez con reducción de edad, impetrado por Franz Miranda Bello, contra la entidad recurrente, el dictamen fiscal de fojas 143-142, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I: Que, en el trámite de Renta Única de Vejez, solicitado por Franz Miranda Bello, la Comisión Calificadora de Rentas, dictó la Resolución Nº 016160 de 22 de noviembre de 2004 (fojas 108, repetida a fojas 113), por la cual otorga a favor de Franz Mirando Bello el Recálculo de Renta Básica de Vejez con Reducción de edad, equivalente al 100% del promedio salarial, en el monto de Bs. 1.191,44, correspondiendo a la básica el 50%, Bs. 667,21, a la complementaria el 44%, Bs. 524,23, y el incremento de ley, que se pagará partir de mayo de 2004, tomando en cuenta la fusión de la renta a partir de noviembre de 2004; resolución que fue objeto del recurso de reclamación por parte del asegurado (fojas 114), concedido a fojas 115, y la Comisión de Reclamación a fojas 118 a 117, repetida a fojas 122 a 119, por resolución Nº 288.05 de 26 de agosto de 2005, confirmó el Auto ó resolución Nº 016160 de 22 de noviembre de 2004.

Contra dicha Resolución, Franz Miranda Bello, interpone recurso de apelación, por memorial de fojas 124, y la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a través del auto de vista Nº 091/06 - SSA - II de 17 de abril de 2006 de fojas 131, revoca la Resolución Nº 288.05 de 26 de agosto de 2005, y deliberando en el fondo, dispone que SENASIR, otorgue la Renta Única de Vejez a partir de la fecha de presentación del trámite, es decir desde el 28 de agosto de 2001.

Contra el auto de vista referido, Luís Alberto Orellano Valenzuela, por memorial de fojas 135 a 134, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR, plantea el recurso de casación en el fondo; efectuando en principio una relación del caso y manifestando:

Que, en el reporte informativo del AVC-04 de afiliación (fojas 62), el asegurado tiene como fecha de nacimiento el 5 de agosto de 1949, empero al iniciar el trámite el 28 de agosto de 2001 para obtener la Renta Única de Vejez en el sistema de Reparto, adjunta un certificado de nacimiento, con fecha de 5 de agosto de 1944, el que difiere a la proporcionada con anterioridad a la Caja Nacional de Salud, por lo que cree que la Resolución Nº 091.04 de 6 de mayo de 2004 (fojas 89 a 92), que otorga la renta de vejez con reducción de edad, a partir de mayo de 2004, es correcta, por que fue emitida en base a la certificación de la Corte Nacional Electoral, con la cual estaba conforme el interesado, habiéndose aplicado erróneamente los Arts. 514 del Código de Pdto. Civil y 471 del Reglamento del Código Seguridad Social.

Concluye con un petitorio impreciso, solicitando, se case el auto de vista, porque no se hubiera dado aplicación preferente a los Arts. 471 del Reglamento del Cód. de Seguridad Social y 514 del Cód. de Pdto. Civil.

CONSIDERANDO II.- Que, de los antecedentes que informan el caso sub lite y del examen del recurso con relación a las leyes acusadas, se establece lo siguiente:

Que el interesado, el 28 de agosto de 2001, presentó sus documentos con el fin de acceder a la Renta Única de Vejez y al Pago Global, petición que fue desestimada por la Comisión de Calificación de Rentas por auto Nº 05787 de 5 de agosto de 2003 (fojas 64), auto contra el cual, el interesado interpone el Recurso de Reclamación a fojas 68, y la Comisión, antes de emitir la resolución respectiva, pidió a la Dirección de Registro Civil de la Corte Nacional Electoral, información sobre la partida y fecha de nacimiento, y sobre esta información de fojas 79, dicta la Resolución Nº 091.04 de 6 de mayo de 2004 (fojas 92-899, dejando sin efecto el Auto Nº 05787 de fojas 64 que desestima la negativa de otorgación de la Renta de Vejez, y, dispone a su vez se dé curso a dicha solicitud del trámite para la Renta de Vejez, con Reducción de Edad a partir del mes de mayo de 2004.

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Datos del proceso

Demandante
Franz Miranda Bello
Demandado
SENASIR
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia3 de mayo de 2007AS/0254/2007Fuente oficial