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TSJ

AS/0255/2017-A

Tribunal Supremo de Justicia
30 de junio de 2017Social 1eraMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2017

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 255-A

Sucre, 30 de junio de 2017

Expediente : 255/2017-S

Demandante : Adolfo Dragen Marquez Mamani

Demandado : EMPRESA GRUPO DE AUXILIO Y SEGURIDAD G.A.S.

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : Chuquisaca

VISTOS: El Recurso de Casación, interpuesto por LA EMPRESA GRUPO DE AUXILIO Y SEGURIDAD GAS de fs. 175, contra el Auto de Vista Nº 252/2017 de 5 de mayo de 2017 de fs. 170 a 172 de obrados, pronunciado por la Sala Social Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral por Beneficios Sociales seguido por Adolfo Dragen Márquez Mamani. Recurso concedido mediante Auto Nº 334/2017 de 12 de junio a fs. 181.

CONSIDERANDO I

CONSIDERACIONES PREVIAS

Que en materia laboral, conforme al art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT) “los aspectos no previstos” en dicha Ley “se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”.

Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del recurso de casación se tramita conforme las disposiciones expresas de la Ley Nº 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en “PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN”.

Consiguientemente, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 277.I del Código Procesal Civil (NCPC) que señala: “recibidos los obrados, el Tribunal Supremo de Justicia, bajo responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a diez días, examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el art. 274 del presente Código ...”

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Datos del proceso

Demandante
Adolfo Dragen Marquez Mamani
Demandado
EMPRESA GRUPO DE AUXILIO Y SEGURIDAD G.A.S.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez
Tribunal Supremo de Justicia30 de junio de 2017AS/0255/2017-AFuente oficial