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TSJ

AS/0256/2007

Tribunal Supremo de Justicia
9 de marzo de 2007Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2007

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 256 Sucre 9 de marzo de 2007

DISTRITO: Tarija

PARTES : Lidia Mery Coria de Rivera y otros c/ Rose Mary Zulema Castillo y otra.

Falsedad material y otros.

MINISTRO RELATOR: Dr. Wilfredo Ovando Rojas.

A, 9 de marzo de 2007, Sucre.

VISTOS: El recurso de casación de fojas 210 a 213 vuelta, interpuesto por Lidia Mery Coria de Rivera, Juan Walter Coria Alonzo, Bernardo Walter, Dante Mario y Ciro Jordán Coria Hoyos, impugnando el Auto de Vista de 22 de abril de 2003 de fojas 202 y vuelta, dictado por la Sala Penal de la Corte Superior de Tarija, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Rose Mary Zulema Castillo y María Gladys Castillo, por los delitos de falsedad material, falsificación de documento privado, uso de instrumento falsificado y engaño a personas incapaces, previstos en los Arts. 198, 200, 203 y 342 del Código Penal, el requerimiento fiscal de fojas 223 a 224.

CONSIDERANDO: Que, por sentencia de fojas 165 a 168 y vuelta, el Juez de Partido Liquidador en lo Penal de la ciudad de Tarija, absolvió de culpa y pena a la procesada Rose Mary Zulema Castillo de la comisión de los delitos de falsedad material, falsificación de documento privado, uso de instrumento falsificado y engaño a personas encapaces, previsto en los Arts. 198, 200, 203 y 342 del Código Penal; a la co-procesada María Gladys Castillo, absuelta de culpa y pena de la comisión del delito de falsedad material y uso de instrumento falsificado, incurso en la sanción de los Arts. 198 y 203 del Código Penal, por existir en su contra solo prueba semiplena, con costas.

Que, contra la mencionada sentencia los querellantes interponen el recurso de apelación de fojas 170, y la Sala Penal de la Corte Superior del distrito de Tarija, por Auto de Vista de fojas 202 y vuelta, de conformidad con el Art. 290 del Código de Pdto. Penal, confirma en su integridad la sentencia apelada, con los siguientes fundamentos; a) Que, la minuta de transferencia cursante a fojas 3-4 de obrados, a fojas 5 se encuentra reconocida ante la Notaria de Fe Pública, por los esposos Juan Walter Coria Alonzo y María Josefa Hoyos de Coria; b) Que, del informe pericial que corre a fojas 107 a 111, se tiene que la huella dactilar corresponde al pulgar derecho de María Josefa Hoyos de Coria, la firma estampada en el documento de transferencia fue pulsada por una misma mano, por lo tanto son autenticas, c) Que, la prueba debe alcanzar la verdad, la certeza necesaria que verifique y demuestre los ilícitos para que den lugar a una sentencia condenatoria.

CONSIDERANDO: Que, Lidia Mery Coria de Rivera, Juan Walter Coria Alonzo, Bernardo Walter, Dante Mario y Ciro Jordán Coria Hoyos de fojas 210 a 213 y vuelta, recurren de casación, impugnando el Auto de Vista de fojas 202 y vuelta, que confirmo en todas sus partes la resolución de primer grado; denunciando:

1.- Recurso de casación en la forma.- La falta de defensor en el debate de las procesadas, debido a que el defensor de oficio nominado no hubiera sido notificado, designándose otro abogado defensor, que desde fojas 99 (audiencia de conclusiones hasta el pronunciamiento de sentencia) Luís Fernando Ortiz hubiera actuado como defensor de oficio sin tener dicha condición, abogado que se hallaba suspendido en el ejercicio de la profesión, en este sentido las co-procesadas no hubieran estado representadas en dichos actuados judiciales, contraviene el inc. 5) del art. 297 del Código de Pdto. Penal.

2.- Recurso de casación en el fondo.- Acusa la errónea valoración de la prueba, lo que infringe el art. 135 del Código de pdto. Penal, que el Tribunal Ad quem no hubiera efectuado un análisis de la prueba documental y testifical en su integridad, incurriendo en error de hecho, cuando -a su parecer- en el proceso existe prueba plena para pronunciar sentencia condenatoria.

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Datos del proceso

Demandante
Lidia Mery Coria de Rivera y otros
Demandado
Rose Mary Zulema Castillo y otra.
Tribunal Supremo de Justicia9 de marzo de 2007AS/0256/2007Fuente oficial