Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: No. 257 Sucre 18 de agosto de 2005
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Albino Flores Panozo
Transporte de Sustancias Controladas.
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 231 y vuelta inter-puesto por Albino Flores Panoso impugnando el Auto de Vista de 10 de mayo de 2005 saliente de fojas 219 a 221 y vuelta de obrados pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público contra el recurrente por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, previsto en la sanción del artículo 55 de la Ley Nº 1008, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: que la Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999, en sus artículos 416 y 417 establece expresamente los re-quisitos que deben ser cumplidos para la admisión del recurso de casación, tales como la invocación del precedente contradictorio a momento de la formulación del recurso de apelación restringida, el plazo a efectos de evidenciar la oportunidad en la interposición del recurso y señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado para establecer la contradicción "cuando, ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincida con el del precedente, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance", como lo manda la última parte del artículo 416 mencionado, determinando el artículo 417 del pre citado procedimiento penal que como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida en el que invocó el precedente. Dentro de este marco, procede la revisión excepcional de oficio cuando se comprueba la existencia de violaciones flagrantes al debido proceso y defectos absolutos de procedimiento insubsanables o de la resolución de primera instancia, tal cual disponen los artículos 169 y 370 del citado Procedimiento Penal.
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