Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 257/2007 FECHA: 12 de septiembre de 2007
EXP. N°: 81/2005
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Eduardo Yupanqui Quispe contra el Presidente Ejecutivo del
Servicio de Impuestos.
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo seguido por Eduardo Yupanqui Quispe impugnando la Resolución Nº 04-0039-04 de 20 de diciembre de 2004 por el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales, el Informe del Ministro Jaime Ampuero García; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que admitida la demanda el 28 de marzo de 2005, se acumuló la provisión citatoria diligenciada con proveído de 10 de junio de 2005, sin que el demandante se apersonara a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía, al no haberse respondido a la demanda.
Que, en consecuencia, su inactividad procesal por más de dos años, ha dado lugar a la perención prevista en el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN de la instancia.
No interviene la Ministra Rosario Canedo Justiniano por encontrarse con licencia.
Regístrese.
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