Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente N° 133/00
AUTO SUPREMO N° 258 - Social Sucre, 18 de diciembre de 2003.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Miguel Angel Rocha Peña c/ Empresa Constructora COINBOL S.R.L.
RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
VISTOS:El recurso de casación de fs. 120, interpuesto por Miguel Angel Rocha Peña contra el Auto de Vista de fs. 117, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba que ANULA el Auto de Fs. 110, declarando ejecutoriada la Sentencia de fs. 101-102, que declaró IMPROBADA la demanda de fs. 3, dentro del juicio social seguido por el recurrente, en contra de la Empresa Constructora COINBOIL S.R.L., los antecedentes del proceso, el Dictamen Fiscal de fs. 129 que invoca el art. 34 del Código Procesal del Trabajo, y
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación de fs. 120 es planteado extemporáneamente, fuera del "término fatal de ocho días computables desde su notificación al recurrente..." que para el efecto norma el art. 210 del Código Procesal del Trabajo, circunstancia que es evidenciada del cómputo del plazo, entre la notificación de fs. 118, realizada el 24 de mayo de 2000 a horas 11:00, y la fecha de presentación del memorial con el recurso intentado, de fecha 1 de junio de 2000 a horas 15:50, es decir el memorial es presentado 4 horas y 50 minutos fuera del término previsto.
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