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TSJ

AS/0258/2021-RA.

Tribunal Supremo de Justicia
29 de marzo de 2021Civil
Proceso
Acción negatoria, reivindicación de inmueble, más pago de daños y perjuicios.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 258/2021-RA

Fecha: 29 de marzo de 2021

Expediente: LP-45-21-S.

Partes: Lourdes Paco Callisaya c/ Florencio Cosme Lupa, Lorenzo Villegas Vadillo,

Guillermo Mayta Intimayta, Basilio Cuppe Sirpa, Valerio Vásquez Chambi,

Néstor Choque Mamani, Felipe Huaycho Quispe, Panfi Pusarico Condori,

Juan Mamani Mamani y Dionicia Tola Yupanqui.

Proceso: Acción negatoria, reivindicación de inmueble, más pago de daños y

perjuicios.

Distrito: La Paz

VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por Lourdes Paco Callisaya, cursante de fs. 1203 a 1208, impugnando el Auto de Vista N° S-264/2020 de 26 de junio, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cursante de fs. 1194 a 1199, en el proceso de acción negatoria, reivindicación de inmueble, más pago de daños y perjuicios, presentada por la recurrente contra Florencio Cosme Lupa y otros, la respuesta al recurso de fs. 1235 a 1237; el Auto de concesión de 17 de febrero de 2021, cursante a fs. 1251, todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en el memorial de demanda de fs. 17 a 20, Lourdes Paco Callisaya inició proceso de acción negatoria, reivindicación de inmueble, más pago de daños y perjuicios contra Florencio Cosme Lupa, Lorenzo Villegas Vadillo, Guillermo Mayta Intimayta, Basilio Cuppe Sirpa, Valerio Vásquez Chambi, Nestor Choque Mamani, Felipe Huaycho Quispe, Panfi Pusarico Condori, Juan Mamani Mamani y Dionicia Tola Yupanqui, quienes una vez notificados mediante memorial de fs. 85 a 91 vta., respondieron negativamente y reconvinieron por nulidad de Escritura Pública y cancelación de partida en el registro de Derechos Reales contra de la demandante y los herederos de Ana Rosa Jemio Vda. de Carrasco, mediante Auto de 22 de septiembre de 2014 se tiene por no presentada la demanda reconvencional de nulidad; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 150/2017 de 01 de marzo, cursante de fs. 1108 a 1116, donde el Juez Público Civil y Comercial 1º de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda de fs. 17 a 20, interpuesta por Lourdes Paco Callizaya e IMPROBADA la tercería de dominio excluyente interpuesta por la Policia Boliviana.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Lourdes Paco Callisaya representada legalmente por Eugenio Flores Nieto mediante escrito de fs. 1124 a 1128, asimismo por Tomas Huanca Luque en representación de la Policía Boliviana mediante memorial de fs. 1138 a 1146, originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº S-264/2020 de 26 de junio, cursante de fs. 1194 a 1199, CONFIRMANDO la Sentencia.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lourdes Paco Callisaya mediante memorial de fs. 1203 a 1208, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Demandante
Lourdes Paco Callisaya
Demandado
Florencio Cosme Lupa, Lorenzo Villegas Vadillo, Guillermo Mayta Intimayta, Basilio Cuppe Sirpa, Valerio Vásquez Chambi Néstor Choque Mamani, Felipe Huaycho Quispe, Panfi Pusarico Condori Juan Mamani Mamani y Dionicia Tola Yupanqui
Proceso
Acción negatoria, reivindicación de inmueble, más pago de daños y perjuicios.
Tribunal Supremo de Justicia29 de marzo de 2021AS/0258/2021-RA.Fuente oficial