Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 259/2022-RA
Fecha: 19 de abril de 2022
Expediente: LP-38-22-S.
Partes: Gerardo Gerónimo Díaz Cordero y Jorge Adolfo Patiño Aramayo c/ Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Duran.
Proceso: Reivindicación de bien inmueble más pago de daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Duran, cursante de fs. 575 a 578 vta., contra el Auto de Vista N° 67/2022 de 25 de enero de fs. 569 a 572, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia dela Paz, en el proceso ordinario de reivindicación de bien inmueble más pago de daños y perjuicios seguido por Gerardo Gerónimo Díaz Cordero y Jorge Adolfo Patiño Aramayo contra los recurrentes, la contestación al recurso de casación de fs. 583 a 584 y vta.; el Auto de concesión de 25 de marzo de 2022, cursante a fs. 587, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Conforme los antecedentes contenidos en la demanda de fs. 73 a 77, subsanada a fs. 91 a 95 y reiterada a fs. 119, Gerardo Gerónimo Díaz Cordero y Jorge Adolfo Patiño Aramayo, iniciaron proceso ordinario de reivindicación de bien inmueble más pago de daños y perjuicios contra Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Duran, quienes una vez citados, el primero de ellos respondió negativamente a la demanda, reconvino por usucapión y opuso excepción previa de emplazamiento de terceros por memorial de fs. 243 a 251 vta.; por su parte Julio Marín Durán respondió negativamente a la demanda por memorial de fs. 254 a 258; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 352/2021 de 23 de septiembre, donde el Juez Público, Civil y Comercial N° 18 de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda de reivindicación e IMPROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Durán mediante memorial de fs. 545 a 549, motivó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 67/2022 de 25 de enero de fs. 569 a 572, por el que CONFIRMO el recurso de apelación deducido contra la Sentencia.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Duran, conforme memorial de fs. 575 a 578 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Mostrando 16 de 31 parrafos.