Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 260/2021
Sucre, 23 de abril de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 158/2021
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 185 a 187 vuelta, deducido por Melita Mabel Ballares Machicado en su calidad de ex esposa del fallecido Alfredo Mejía Sánchez, propietario de la empresa SOLARCOM AMS INGENIERIA ELECTRICA, impugnando el Auto de Vista N° 207/2020 de 27 de agosto, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fojas 179 a 180 y vuelta), dentro del proceso social por pago de derechos laborales y beneficios sociales, seguido por María Angélica Taquila Callisaya contra el recurrente, el Auto Nº 37/2021 de 3 de febrero (fojas 190 vuelta), que concedió el recurso, el Auto N° 158/2021-A de 12 de marzo que admitió el recurso (fojas 230 y vuelta), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segunda de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia N° 062/2014 de 21 de marzo (fojas 103 a 108), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 39 a 42, subsanada mediante memorial de fojas 44.
En consecuencia, dispuso que la empresa demandada, a través de su representante legal, Alfredo Mejía Sánchez, deberá pagar a favor de la demandante, los derechos y beneficios sociales que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:
Tiempo de Servicios: 1 año, 10 meses y 12 días
Promedio indemnizable: Bs. 1.782
Indemnización: Bs. 3.326,40
Desahucio: Bs. 5.346,00
Aguinaldo 2011 (Duodécimas): Bs. 1.732,40
Vacación 2011 (Duodécimas): Bs. 742,50
Pre Natal: Bs. 4.075,75
Natalidad Bs. 815,40
Lactancia: Bs. 9.784,80
SUB TOTAL Bs. 24.823,25
Multa 30% Bs. 7.446,97
TOTAL Bs. 32.270,22
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación por ambas partes, por Auto de Vista Nº 207/2020 de 27 de agosto (fojas 179 a 180 y vuelta), la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, CONFIRMÓ la Sentencia N° 062/2014 de 21 de marzo (fojas 103 a 108).
I.3 Motivos del recurso de casación.
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