Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 260
Sucre, 09 de mayo de 2024
Expediente: 128-2024
Demandante: Balbina Cutipa Tambo y otros
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 597 a 598 y vuelta, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado por Edwin Castro Escobar, impugnando el Auto de Vista N° 205/2023 de 30 de noviembre de 2023, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fojas 591 a 595 y vuelta), dentro del proceso social de cobro de beneficios y derechos sociales, seguido por Balbina Cutipa Tambo, Catalina Alejandra Mamani Flores, Agustina Mamani Condori, Saturnina Siñani de Nina, Rogelia Acarapi Vallejos y Julia Mamani de Rosas, contra la entidad recurrente; la contestación de fs. 601 a 602; el Auto N° 031/2024 de 29 de enero (fojas 603), que concedió el recurso; la providencia de 28 de febrero de 2024 que admitió el recurso (fojas 610), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
I.1.1. Sentencia.
Tramitado el proceso laboral, la Jueza de Trabajo y Seguridad Social Nº 2 de La Paz, emitió la Sentencia N° 70/2023 de 22 de mayo (fojas 557 a 567), declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 119 a 128, subsanada a fs. 133 y vuelta y de fs. 135 a 137 vuelta; en consecuencia, dispuso que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, pague a favor de las demandantes los montos que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:
BALBINA CUTIPA TAMBO
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.976.-
Tiempo de trabajo: 9 años, 11 días (vigencia de la ley Nº 321)
Desahucio: Bs. 8.928,00.-
Indemnización: Bs. 26.874,93.-
Vacaciones: Bs. 5.952,00.-
SUB TOTAL Bs. 41.754,93.-
Multa 30%: Bs. 12.526,48.-
TOTAL: Bs. 54.281,41.-
CATALINA ALEJANDRA MAMANI FLORES
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.950.-
Tiempo de trabajo: 9 años, 11 días (vigencia de la ley Nº 321)
Desahucio: Bs. 11.850,00.-
Indemnización: Bs. 35.670,69.-
Vacaciones: Bs. 7.900,00.-
SUB TOTAL Bs. 55.420,69.-
Multa 30%: Bs. 16.626,20.-
TOTAL: Bs. 72.046,89.-
AGUSTINA MAMANI CONDORI
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.336.-
Tiempo de trabajo: 9 años, 11 días (vigencia de la ley Nº 321)
Desahucio: Bs. 10.008,00.-
Indemnización: Bs. 30.125,93.-
Vacaciones: Bs. 6.672,00.-
SUB TOTAL Bs. 46.805,93.-
Multa 30%: Bs. 14.041,78.-
TOTAL: Bs. 60.847,71.-
SATURNINA SIÑANI DE NINA
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.976.-
Tiempo de trabajo: 9 años, 11 días (vigencia de la ley Nº 321)
Desahucio: Bs. 8.928,00.-
Indemnización: Bs. 26.874,93.-
Vacaciones: Bs. 5.952,00.-
SUB TOTAL Bs. 41.754,93.-
Multa 30%: Bs. 12.526,41.-
TOTAL: Bs. 54.281,41.-
ROGELIA ACAPARAPI VALLEJOS
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.976.-
Tiempo de trabajo: 9 años, 11 días (vigencia de la ley Nº 321)
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