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TSJ

AS/0261/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
21 de marzo de 2023Civil
Proceso
Usucapión decenal
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 261/2023-RA

Fecha: 21 de marzo de 2023

Expediente: CH-33-23-S.

Partes: Dionicio Ramírez c/ Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún y otros.

Proceso: Usucapión decenal.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 759 a 764, interpuesto por Silvia Fortún Arcienega y Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún representada legalmente por Mirian Romay Arcienega contra el Auto de Vista N° 39/2023 de 07 de febrero, corriente de fs. 746 a 750, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso ordinario de usucapión decenal, seguido por Dionicio Ramírez contra Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún y otros; la contestación que sale de fs. 769 a 770 vta.; el Auto de concesión de 17 de marzo de 2023, visto a fs. 775; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Dionicio Ramírez, por memorial que discurre de fs. 23 a 25 vta., subsanado a fs. 31 y a fs. 34, inició el proceso ordinario de usucapión decenal contra Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún y otros; quienes una vez citados, Silvia Fortún Arcienega y Leonor Fortún Velásquez de Zamorano, según escrito que sale de fs. 97 a 100, Carla María Fortún Guzmán, mediante memorial obrante de fs. 220 a 222, Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún, por escrito saliente de fs. 225 a 228, Elizabeth Fortún Ramírez y Javier Fortún Ramírez, por memorial que discurre de fs. 231 a 233, todos respondieron negativamente; por Auto que corre a fs. 283, se declaró la rebeldía de Dennis Nicolay Fortún Guzmán; y finalmente el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre a través de su representante legal Ximena Torres Campos se apersonó por escrito visible a fs. 338 y vta.; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 187/2022 de 04 de noviembre, que sale de fs. 694 vta. a 698, en el que la Juez Público Civil y Comercial 6° de la ciudad de Sucre, declaró PROBADA EN PARTE la demanda solo respecto a 178,44 m2 e IMPROBADA respecto a la superficie de 16,4 m2, correspondiente a propiedad Municipal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Silvia Fortún Arcienega, Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún y Leonor Fortún Velásquez de Zamorano, mediante memorial cursante de fs. 706 a 718, dio lugar a que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 39/2023 de 07 de febrero, corriente de fs. 746 a 750, que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 187/2022 de 04 de noviembre.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Silvia Fortún Arcienega y Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún representada legalmente por Mirian Romay Arcienega, según memorial cursante de fs. 759 a 764, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Dionicio Ramírez
Demandado
Angélica Arcienega Medrano Vda. de Fortún y otros
Proceso
Usucapión decenal
Tribunal Supremo de Justicia21 de marzo de 2023AS/0261/2023-RAFuente oficial