Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 262/2019-RA
Fecha: 14 de marzo de 2019
Expediente: SC-23-19-S.
Partes: María Gaby Cortez Villena y otras c/ Roxana Farel Severiche de Cortez
y otro.
Proceso: Cumplimiento de contrato.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación que cursa de fs. 172 a 182 vta., interpuesto por Amparito Cintia Cortez de miranda y Sandra del Rosario Cortez de soto contra el Auto de Vista Nº 204/2018 de 3 de diciembre, pronunciado por Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso civil de cumplimiento de contrato seguido por las recurrentes y otra contra Roxana Farel Severiche de Cortez y Adhemar Justiniano Farel, la concesión de fs. 191 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. María Gaby Cortez Villena, Amparito Cintia Cortez de Miranda y Sandra del Rosario Cortez de Soto, a través de representante legal, interpusieron demanda de cumplimiento de contrato de fs. 24 a 25 vta., en contra de Roxana Farel Severiche de Cortez y Adhemar Justiniano Farel, quienes repelieron la demanda y reconvinieron de nulidad de contrato transaccional, trámite que concluyó con la Sentencia Nº 117/2018 de 23 de agosto, (fs. 134 a 142) que declaró improbada la demanda y probada la demanda reconvencional.
I.2. Ante su insatisfacción con dicho fallo, la parte demandante apeló emitiéndose el Auto de Vista Nº 204/2018 de 3 de diciembre, por el que se confirmó la sentencia. Determinación también recurrida en casación por la parte demandante y que es motivo de análisis de la presente resolución respecto a los requisitos de admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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