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TSJ

AS/0263/2007

Tribunal Supremo de Justicia
17 de agosto de 2007Penal IIMag. José Luis Baptista Morales
Proceso
Sala
Penal II
Año
2007

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo: Nº 263 Sucre, 17 de agosto de 2007

Expediente: Santa Cruz 27/03

Partes: Ministerio Público c/ Nicolás Ramos Ortega

Tráfico de Ss.Cc.

Relator Ministro: Dr. José Luís Baptista Morales

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VISTOS: el recurso de casación (fojas 134 a 135 vuelta) interpuesto por Nicolás Ramos Ortega impugnando el Auto de Vista de 1º de mayo de 2002 (fojas 131 a 132 vuelta) emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de tráfico de sustancias controladas, y el requerimiento fiscal de fojas 141 a 142.

CONSIDERANDO: que en el marco del Código de Procedimiento Penal de 1972, el Tribunal Segundo de Sustancias Controladas de la ciudad de Santa Cruz pronunció el 21 de noviembre del año 2001 la Sentencia (fojas 116 a 118 vuelta) que declaró a Nicolás Ramos Ortega autor del delito de tráfico de sustancias controladas tipificado por el artículo 48 de la Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, condenándolo a la pena de diez años de presidio, más pago de multa de 500 días a razón de 5 Bs. por día y pago de costas y daños causados al Estado.

Que Nicolás Ramos Ortega interpuso recurso ordinario de apelación contra esa Sentencia, el cual fue resuelto por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz mediante Auto de Vista que, revocando la Sentencia apelada por considerar que no hubo delito consumado sino un acto de tentativa, condenó al procesado a la pena de seis años y ocho meses de presidio.

Que luego el mismo Nicolás Ramos Ortega interpuso recurso de casación (fojas 134 a 135 vuelta) señalando que, pese a la disminución de pena respecto a la Sentencia de primera instancia, la resolución de la Corte de Distrito resultó lesiva a sus intereses porque el hecho que motivó su juzgamiento fue calificado simplemente como de tentativa de tráfico de sustancias controladas, que no debía ser sancionado con pena de tanta gravedad.

CONSIDERANDO: que del análisis de los respectivos antecedentes se llega a las siguientes conclusiones:

1.- El procesado Nicolás Ramos Ortega fue arrestado cuando estaba en el interior de un vehículo en cuya maletera se encontraron bolsas con soda caústica y manitol, hecho que fue considerado como de tentativa porque el propósito de transporte y comercialización de sustancias controladas fue frustrado por la intervención de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico, por lo cual se apreció que la pena impuesta por el Tribunal de primera instancia no tomó en cuenta las circunstancias previstas por los artículos 37, 38 y 40 del Código Penal pues, si bien se demostró la tenencia y posesión de precursores químicos, el autor de ese hecho no llegó a consumar el delito que se proponía cometer.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Nicolás Ramos Ortega
Magistrado relator
José Luis Baptista Morales
Tribunal Supremo de Justicia17 de agosto de 2007AS/0263/2007Fuente oficial