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TSJ

AS/0263/2009

Tribunal Supremo de Justicia
11 de noviembre de 2009Social 1eraMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2009

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 2/08

AUTO SUPREMO Nº 263 - Administrativo Sucre, 11 de noviembre de 2009.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Francesco Rinald Totora c/ SENASIR

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 137-138, interpuesto por Francesco Rinald Totora contra el Auto de Vista Nº 180/2007 SSA-II de 7 de agosto de 2007, cursante a fs. 134, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el trámite sobre Renta Única por Riesgo Profesional, seguido por el recurrente contra el SENASIR, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que presentada la solicitud por parte del ahora recurrente sobre Renta Única por Riesgo Profesional, la comisión de Calificación de Renta del SENASIR, expidió la Resolución Nº 006966 de 21 de junio de 2004, por el que desestima la solicitud por prescripción.

Posteriormente y a emergencias del recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del SENASIR, expidió la Resolución Nº 012.05 de 3 de febrero de 2005, por el que confirma la resolución anterior.

En grado de apelación formulado por el actor (fs. 72-74), el tribunal ad quem, por Auto de Vista Nº 180/2007 SSA-II de 7 de agosto de 2007 (fs. 134), confirmó la resolución recurrida.

Dicho fallo motivó el recurso de "nulidad y/o casación" de fs. 137-138, que ahora es analizado por este tribunal, en el marco del art. 60-1 de la Ley de Organización Judicial, en el que acusa:

Infracción de los arts. 7-k), 33 y 228 de la Constitución Política del Estado y art. 57 del Manual de Prestaciones (RS. Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997), por haber aplicado la Resolución Administrativa Nº 003 de 4 de marzo de 2004, cuando correspondía aplicar el Manual de Prestaciones antes referido, contexto en el que agrega que aquella aplicación de la RA. Nº 003, fue con carácter retroactivo debido a que la misma tiene data posterior a su solicitud de renta.

CONSIDERANDO II:Que de la revisión del recurso y los antecedentes contenidos en el expediente se tiene:

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Criterio

la decisión del tribunal de apelación tiene como sustento jurídico, la previsión contenida en el art. 16 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y el hecho que el ahora recurrente estaba adscrito a la entidad aseguradora hasta el 24 de enero de 1997, esto es hasta antes de la fecha de corte del sistema y que asimismo, la declaratoria de incapacidad es posterior a esa fecha de corte, en la medida que la misma data del 12 de mayo de 2000, aspectos que hacen inviable su solicitud en el marco del citado Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición.

Datos del proceso

Demandante
Francesco Rinald Totora
Demandado
SENASIR
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho de la Seguridad Social / Corto Plazo / Invalidez
Tribunal Supremo de Justicia11 de noviembre de 2009AS/0263/2009Fuente oficial