Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0263/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
4 de abril de 2024Civil
Proceso
Acción negatoria, cese de medida cautelar más pago de daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 263/2024-RA

Fecha: 04 de abril de 2024

Expediente: CH-24-24-S

Partes: Jazmín Elizabeth Pedraza y Jesús Zarate Borda Vda. de Ortega c/ María Elsa Loayza Zarate.

Proceso: Acción negatoria, cese de medida cautelar más pago de daños y perjuicios.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 496 a 500, interpuesto por Jazmín Elizabeth Pedraza y Jesús Zarate Borda Vda. de Ortega contra el Auto de Vista Nº 57/2024, de 19 de febrero, corriente de fs. 487 a 493 vta., emitido por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de acción negatoria, cese de medida cautelar más pago de daños y perjuicios seguido por las recurrentes contra María Elsa Loayza Zarate; la contestación de fs. 504 a 508; el Auto de concesión de 19 de marzo de 2024, visto a fs. 510, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Jazmín Elizabeth Pedraza por memorial de fs. 63 a 67, y subsanado a fs. 71 y vta., promovió demanda ordinaria de acción negatoria, cese de medida cautelar más pago de daños y perjuicios contra María Elsa Loayza Zarate, quien una vez citada, contestó de manera negativa a la demanda y opuso excepción de demanda defectuosamente propuesta mediante escrito de fs. 110 a 114 vta., asimismo, señaló que ya existía admitida una ordinaria de nulidad de testimonio de división y partición y posterior transferencia de inmueble, por lo que generó el Auto de 13 de enero de 2023, que conforme al art. 345 de la Ley N° 439, dispuso la acumulación del proceso de nulidad de compraventa de inmueble y de escritura pública, cancelación y anulación de inscripción al proceso supra mencionado; por lo que María Elsa Loayza Zarate formalizó sus pretensiones según escrito de fs. 261 a 268; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 23/2023, de 22 de noviembre, obrante de fs. 451 a 461, en la cual el Juez Público, Mixto, Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Trabajo, Seguridad Social y Sentencia Penal 1° de Tarabuco-Chuquisaca declaró IMPROBADA la demanda acción negatoria, cese de medida cautelar más pago de daños y perjuicios, con costas y PROBADA en parte la demanda de nulidad de testimonio de división y partición para posterior transferencia de inmueble, sin costas. Disponiendo lo siguiente:

i) Mantener vigente la división y partición del inmueble objeto de litigio sito en la calle Sucre esquina Zudáñez, con una superficie de 228 m2, de la localidad de Tarabuco-Chuquisaca.

ii) A efectos de ejecutar la nulidad de escritura de transferencia debe librarse las respectivas provisiones para la registradora de Derechos Reales y ante Notaría N° 9 de la ciudad de Sucre.

iii) Que en ejecución de Autos se va determinar la alícuota parte o superficie que le corresponde a María Loayza Zarate en el inmueble previamente mencionado en su condición de heredera forzosa al fallecimiento de su padre Cirilo Loayza Arancibia.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Jazmín Elizabeth Pedraza y Jesús Zarate Borda Vda. de Ortega mediante escrito de fs. 462 a 468, originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 57/2024, de 19 de febrero, corriente de fs. 487 a 493 vta., que REVOCÓ en parte la Sentencia impugnada y dispuso no haber lugar, que en ejecución de autos se determine cual es la alícuota parte o superficie que le corresponde a María Elsa Loayza Zarate sobre el inmueble objeto de litis en su condición de heredera forzosa, al fallecimiento de su padre Cirilo Loayza Arancibia, manteniéndose incólume en la resolución recurrida.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jazmín Elizabeth Pedraza y Jesús Zarate Borda Vda. de Ortega según escrito que corre de fs. 496 a 500, que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

Mostrando 18 de 35 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Jazmín Elizabeth Pedraza y Jesús Zarate Borda Vda. de Ortega
Demandado
María Elsa Loayza Zarate.
Proceso
Acción negatoria, cese de medida cautelar más pago de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia4 de abril de 2024AS/0263/2024-RAFuente oficial