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TSJ

AS/0264/2011

Tribunal Supremo de Justicia
24 de octubre de 2011Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Proposición acusatoria, por resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las leyes, incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y encubrimiento.
Sala
Penal II
Año
2011

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 264 Sucre, 24 de octubre de 2011

Expediente: La Paz 87/2006

Partes: Ministerio Público C/ Ex presidentes de la República Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada Bustamante, Jorge Fernando Quiroga Ramírez y otros.

Delito: Proposición acusatoria, por resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las leyes, incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y encubrimiento.

Proceso: Excusa

VISTOS: la excusa formulada por el Ministro José Luis Baptista Morales, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO: que, el Ministro José Luis Baptista Morales, presentó su excusa del conocimiento de la presente causa, al concurrir la causal número 11) del artículo 316 del Código de Procedimiento Penal, denominada amistad íntima, toda vez que, existirían lazos de parentesco entre su persona y el investigado Jorge Quiroga Ramírez, al emerger ambas familias de un tronco común, en la persona de Apolinar Morales Mercado. Situación que le obliga a excusarse del conocimiento, trámite y resolución del presente proceso investigativo seguido a proposición acusatoria del Ministerio Público en contra de los ex Presidentes de la República Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada Bustamante y Jorge Fernando Quiroga Ramírez, ex Ministros de Estado sin Cartera Responsables de Hidrocarburos Carlos Morales Landivar y Fernando Illanes de la Riva y ex Ministro de Minería e Hidrocarburos Jorge Berindoague Alcocer; por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las Leyes, incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y encubrimiento.

Que, de la fundamentación efectuada por el Ministro José Luis Baptista Morales, para su excusa, se conoce la existencia de parentesco y afinidad familiar con el investigado Jorge Fernando Quiroga Ramírez; sin embargo, la causal invocada no se relaciona con tal exposición de motivos. Toda vez que, la norma establece en el numeral 3) del artículo 316 del Código Procesal Penal, como causal de excusa el parentesco en cuarto grado de consanguinidad y/o en segundo grado de afinidad.

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Criterio

Sobre la causal invocada a ser el numeral 11) del indicado artículo 316 de la Ley 1970, éste señala como causal para apartarse del conocimiento de una causa el sostener una amistad íntima "que se exteriorice por frecuencia de trato"; circunstancia que no ha sido acreditada por la indicada autoridad.Consecuentemente, la fundamentación de relación familiar en séptimo grado, efectuada por el Ministro José Luis Baptista Morales no condice con los requisitos exigidos por Ley; al no estar demostrada con prueba alguna; en ese orden, tampoco se encuentra documentada la existencia de amistad íntima. Por consiguiente, se concluye que no existe causal que justifique la excusa presentada, al no estar debidamente probada.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Ex presidentes de la República Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada Bustamante, Jorge Fernando Quiroga Ramírez y otros.
Proceso
Proposición acusatoria, por resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las leyes, incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y encubrimiento.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Procedimiento de juicio de responsabilidades / Juicio de responsabilidades según la Ley 2445 / Excusa
Tribunal Supremo de Justicia24 de octubre de 2011AS/0264/2011Fuente oficial