Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 265/2007 FECHA:26 de septiembre de 2007
EXP. N°: 338/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Sistema Cristiano de Telecomunicaciones contra la Superinten-
dencia General del Sistema de Regulación Sectorial.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada de fojas 17 a 27 por el Sistema Cristiano de Telecomunicaciones impugnado la Resolución Administrativa Nº 1367 de 9 de mayo de 2007, emitida por el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial; el Informe del Ministro Tramitador Teófilo Tarquino Mújica, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de la documental adjunta al memorial que antecede, se evidencia que la resolución impugnada fue notificada a la Empresa demandante el 10 de mayo de 2007 y la demanda fue presentada en este Tribunal Supremo el 9 de agosto del año en curso conforme del cargo de fojas 28; es decir, luego de noventa y un días y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada.
No intervienen el Presidente Héctor Sandoval Parada y el Ministro Hugo Roberto Súarez Calbimonte por encontrarse en comisión oficial. Tampoco la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez por motivos de salud.
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