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TSJ

AS/0265/2007

Tribunal Supremo de Justicia
4 de mayo de 2007Social 1eraMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 72/05

AUTO SUPREMO Nº 265 - Administrativo Sucre, 04 de mayo de 2007.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Leonardo Sanga Torres c/ SENASIR

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 93-95 interpuesto por Servicio Nacional del Sistema de Reparto - Senasir, representada por su Director General Wálter Castillo Guerra, del auto de vista No. 042/2005-SSA-II de fs. 86 dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de La Paz, en el proceso administrativo de calificación de renta única de vejez, seguido por Leonardo Sanga Torres con el Servicio recurrente; sus antecedentes, lo alegado por las partes, las infracciones acusadas, el dictamen fiscal de fs. 117, y

CONSIDERANDO I: Que el Tribunal de alzada por auto de vista de fs. 86, revoca la Resolución de la Comisión de Reclamaciones No. 126.03 cursante a fs. 68-69 que confirma el auto No. 006400 de fs. 47, emitida por la Comisión Calificadora de Rentas de la Dirección de Pensiones que dispone la suspensión definitiva de la renta única de vejez otorgada al rentista Leonardo Sanga Torres mediante resolución No. 05910 de fs. 45.

Auto de vista revocatorio que repone la resolución recién referida No. 05910, del que se interpone el presente recurso de casación de fs. 93-95, que se pasa a examinar.

CONSIDERANDO II: Que el aludido recurso, sin acusar formal y concretamente infracción alguna en el marco normativo del art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, con proliferación de citas legales, supuestamente vulneradas por el Adquem en el Auto de Vista, como los arts. 57 de la Ley No. 1732, 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social y 12 del D.L. No. 13214 de 24 de diciembre de 1975; contiene una extensa relación de los antecedentes de la gestión de reconocimiento de renta única de vejez, en favor del asegurado por la Comisión de Calificación de Renta, mediante la Resolución No. 05910 fechada en 7 de abril de 2000, fs. 45, en una proporción igual del 98% de su promedio salarial, en los regímenes básico y complementario, de Bs. 1.828,58 de partir de enero de 2000.

Que la misma Comisión, emite el auto de fs. 47 en 23 de mayo del mismo año, por el que dispone la suspensión definitiva de la renta, antes señalada, con el fundamento de que por la información de la Base de Datos sobre compensación de cotizaciones se tiene consignada como fecha de nacimiento del asegurado el 5 de noviembre de 1949.

Interpuesto Recurso de Reclamación a fs. 58-59, al amparo del art. 12 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, la Comisión de Reclamaciones confirma el auto referido, por Resolución No. 126.03 de fs. 67-69, fundada en la declaración de que no desconoce los fallos judiciales sino que acuerdo a la Ley de Pensiones, de aplicación preferente, se toma en cuenta para el cálculo de rentas en el Sistema de Reparto los datos de edad y cotizaciones consignados a la fecha de inicio, 1º de mayo de 1997; por lo que el nacimiento se determina en noviembre de 1949, no de 1940 como se acredita por la documentación acompañada al expediente, modificada por decisión del Juez Décimo de Instrucción en lo Civil de La Paz.

CONSIDERANDO III: Que en conocimiento del recurso de alzada interpuesto por el actor asegurado de la Resolución No. 126.03, el Tribunal Ad quem emite el auto de vista recurrido No. 042/05-SSA-II de fs. 86, que la revoca como se tiene dicho y relacionado, reponiendo la No. 05910 de 7 de abril de 2000 con el fundamento no evidente, dice el recurrente, de que existirían diferencias con los datos de la Caja Nacional de Salud sobre el año de nacimiento del actor que fue subsanado legalmente al haber ordenado la rectificación del año de nacimiento del actor la Resolución No. 320/99 de 18 de febrero de 1999, con posterioridad al 1º de mayo de 1997, fecha de inicio del Seguro Social Obligatorio establecido por la Ley No. 1732 de 29 de noviembre de 1996.

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Datos del proceso

Demandante
Leonardo Sanga Torres
Demandado
SENASIR
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia4 de mayo de 2007AS/0265/2007Fuente oficial