Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 266/2007 FECHA:26 de septiembre de 2007
EXP. N°: 127/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Interpuesto por Loyd Aéreo Boliviano Sociedad Anónima (LAB S.A.) contra la Superintendente Tributario General.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por Roberto Silvio Chávez Severich y/o Grover Villanueva Tapia en representación legal del Loyd Aéreo Boliviano S.A. contra el Superintendente Tributario General, impugnando la Resolución STG-RJ/0400/2006 de 19 de diciembre de 2006, los antecedentes del proceso, el Informe del Ministro Eddy Walter Fernández Gutiérrez; y
CONSIDERANDO:Que mediante providencia de fojas 36, se otorgó a la Empresa demandante el plazo de diez días, computables desde la notificación y bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda, para que: a) presentara copia legalizada de la resolución impugnada; b) documentación fehaciente que acredite la fecha y hora de notificación con la resolución impugnada y c) presentara certificado de FUNDEMPRESA.
Que dicha disposición fue comunicada mediante cédula fijada el 2 de abril del año en curso, en la Secretaría de Cámara de la Sala Plena, domicilio procesal señalada en la demanda, según se evidencia de la diligencia de notificación cursante a fojas 37.
Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la parte demandante no ha cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo concedido, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda, disponiendo el archivo de obrados.
No intervienen el Presidente Héctor Sandoval Parada y el Ministro Hugo Roberto Suárez Calbimonte por encontrarse en comisión oficial.
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