Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 267/2012
Sucre, 2 de octubre de 2012
EXPEDIENTE: Cochabamba 153/2012
PARTES PROCESALES: Ministerio Público contra Máximo Mamani Silvestre, Paulino Condori Calle, Carlos Quelca Mamani, Clara Fernández Miranda.
DELITO: tráfico de sustancias controladas.
MAGISTRADO RELATOR: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas.
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VISTOS: El recurso de "casación y/o nulidad" (sic) interpuesto, por el procesado Maximo Mamani Silvestre (fs. 522) impugnando el Auto de Vista emitido el 25 de junio de 2012 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 481 a 484), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Paulino Condori Calle, Carlos Quelca Mamani, Clara Fernández Miranda y el recurrente con imputación por comisión del delito de tráfico de sustancias controladas previsto por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
CONSIDERANDO: Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Celebrado el plenario de la causa, el Juez Primero de Partido de Sustancias Controladas de la capital del Departamento de Cochabamba por Sentencia de 23 de abril de 2004 (fs. 341 a 343), declaró a los procesados Máximo Mamani Silvestre, Paulino Condori Calle, Carlos Quelca Mamani, Clara Fernández Miranda, autores de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley Nro. 1008, condenándoles a la pena de once años de presidio a cada uno de ellos, a cumplir en la Cárcel Pública de esa ciudad, más el pago de 500 días multa a razón de 1 Bs. por día, así como costas daños y perjuicios ocasionados al Estado; por otra parte en previsión del art. 71 inc. b) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, se dispone la confiscación definitiva de 3.850 dólares americanos, el inmueble incautado de la localidad de Huayllani, y la línea telefónica Nro. 276098.
Contra la mencionada Sentencia, formularon recurso de apelación los procesados Clara Fernández Miranda, Maximo Mamani Silvestre, Carlos Quelca (fs. 397, 398, 400), y el Tribunal de Alzada por Auto de Vista de 25 de junio de 2012 confirmó la Sentencia apelada.
El procesado Maximo Mamani Silvestre notificado con el mencionado Auto de Vista a horas 17:40 del 23 de julio de 2012 conforme a la diligencia de fs. 485, formuló "recurso de casación y/o nulidad" motivo de autos (fs. 522) a horas 17:20 del 1 de agosto del mismo año, en el que expone los siguientes motivos:
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