Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 267/2012
Sucre: 20 de agosto de 2012
Expediente: B-24-12-S
Partes: Erick Hurtado Roca c/ Julio Tineo Sikujara y otros
Proceso: Usucapión
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 142 a 145 interpuesto por Erick Hurtado Roca, impugnando el Auto de Vista Nº 081/2012 de fecha 16 de mayo de 2012, cursante a fs. 139 y vlta., pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, dentro del proceso Usucapión, seguido por Erick Hurtado Roca contra Julio Tineo Sikujara
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, a fojas 3 Erick Hurtado Roca interpone demanda de Usucapión decenal o extraordinaria contra Julio Tineo Sikujara y otros, manifestando que hace más de 10 años, desde el 2004 viene poseyendo un lote de terreno, Lote No 11 signado con el Nº 11 con una superficie de 5O0 metros cuadrados, ubicado en Zona Urbanización Universitaria, Distrito 8, manzano P-1, calle vía Local, s/n indicando además que construyó una casa de madera y realizó las mejoras del lote.
Contestada la demanda por los propietarios actuales Elias Rivas Gutiérrez y Jacqueline Villavicencio Cholima de Rivas estos niegan los supuestos derechos demandados, indicando que ellos adquirieron el inmueble a tìtulo de compra venta de Julio Tineo Sinkujara y Miguelina Suarez Eguez de Tineo, debidamente registrada en Derechos Reales, advirtiendo que el demandante no puede demandar usucapión decenal o extraordinaria porque el tiempo de posesión en el inmueble es apenas de siete años.
Apersonándose Julio Tineo Sikujara y purgando la declaratoria de rebeldía contesta la demanda indicando que fue propietario del terreno, habiendo transferido el mismo a los esposos Elias Rivas Gutiérrez y Jacqueline Villavicencio Cholima de Rivas mediante documento privado de fecha 18 de Enero del 2011.
El Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de Trinidad, dicta sentencia declarando improbada la demanda de usucapión en todas sus partes con costas.
Deducida la apelación por la Sala Civil del Tribunal Departamental del Tribunal de Beni dicta Auto de Vista Nº 081/2012, confirmando totalmente la Sentencia apelada, ante esta resolución de segunda instancia Erick Hurtado Roca interpone recurso de casación en el fondo.
CONSIDERANDO II:
Mostrando 17 de 33 parrafos.